¿Cómo recurrir una multa de radar? ¿Son obligatorias dos fotos?

¿Cómo recurrir una multa de radar? ¿Son obligatorias dos fotos?

Si has recibido una multa captada por radar y solo viene una foto o ninguna, entonces la multa es nula y puedes recurrir.

Hola y bienvenido a Modelos y Contratos, tu abogado de redacción de contratos, donde hoy te traigo un post muy interesante para poder recurrir multas por radar.

Se trata de aquellas denuncias que recibimos y que no cuentan con dos fotografías distintas del supuesto vehículo infractor.

 

Modelo de alegaciones para recurrir una multa de radar

A continuación, podrás acceder al modelo de escrito para realizar alegaciones de una multa captada por radar y que no existen dos fotografías distintas del vehículo.

Modelo de alegaciones para recurrir una multa de radar.

 

¿Se puede recurrir una multa de radar?

Cuando recibimos una multa de radar y solo consta una fotografía del vehículo (o una foto es una ampliación de la otra), entonces podremos recurrir para solicitar la nulidad de la denuncia y el archivo del expediente.

La Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, establece la obligatoriedad de contar con, al menos, dos fotografías del vehículo infractor (APÉNDICE 1.10)

A los cinemómetros que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación.

La multa de radar debe tener dos fotos del vehículo infractor. La normativa lo deja muy claro: el cinemómetro debe captar dos fotografías distintas de los hechos.

 

Estos son los requisitos para recurrir una multa de radar

Para que tu recurso prospere, se deben cumplir estos tres requisitos imprescindibles.

  1. Que el radar sea fijo y no esté vigilado por agentes.
  2. Que la denuncia del expediente no consten dos fotografías.
  3. Que las fotografías del expediente no sean diferentes.

En relación a estos requisitos, un juez de Córdoba, determinó en su sentencia que no podía concretar que uno de los fotogramas no era más que una ampliación del otro. No se trataba de dos fotografías diferentes, sino que era una misma imagen ampliada. 

Lo mismo decretó un juzgado de Madrid, que anuló una sanción de 100 euros e infracción grave, cometida por un conductor que circulaba a 74 km/h por un tramo de la vía M-30 con limitación a 70 km/h. al no existir dos fotografías del vehículo infractor tomadas en diferentes instantes, por lo que se estimó el recurso del conductor y se anuló la denuncia recurrida por no entenderse conforme a Derecho.

 

Mira mi explicación en Youtube

En este vídeo para mi canal de Youtube explico cómo recurrir una multa de radar.

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Otros modelos de recursos de multas

Accede a continuación al post donde explico cómo recurrir las siguientes multas:

Multa por infringir una señal que no está rotulada en castellano

Multa por conducir utilizando el móvil

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