¿Se puede echar al inquilino por tener plantas de marihuana en la vivienda?

¿Se puede echar al inquilino por tener plantas de marihuana en la vivienda?

¿Puede el casero echar al inquilino por cultivar plantas de marihuana en la vivienda alquilada?

En este post explico cuándo es posible desalojar al arrendatario por tener posesión de marihuana en casa.

Hola lector, bienvenido a Modelos y Contratos.

Hoy te traigo un caso real donde se me ha encargado tener que desalojar a un inquilino por tener plantas de marihuana en la vivienda. Además, repasamos la legislación vigente sobre el cultivo y posesión de marihuana; cuántas plantas de maría se pueden tener en casa; qué cantidad se considera consumo propio; si es legal el autocultivo y cuándo pasa a ser una actividad molestas e ilícita.

 

¿Me pueden echar por cultivar marihuana en vivienda de alquiler?

Efectivamente, en este post te contaré un caso real que me ha encargado un cliente para desalojar a un inquilino que tenía bastantes plantas de marihuana en la vivienda.

Veremos si, como inquilino, se permite tener plantas en la vivienda y si, como propietario, se puede resolver el contrato por este motivo.

Lo primero que hay que analizar es si el inquilino posee las plantas para consumo propio o si, por el contrario, la cantidad del cultivo nos puede hacer sospechar que existe otro destino, como la comercialización o el tráfico de drogas.

 

Reclamación de vecinos por olores molestos

Este asunto se inició a través de una reclamación al propietario por parte de unos vecinos de la vivienda donde se quejaban de ruidos y “aromas” extraños. El arrendador no tardó en ponerse en contacto conmigo para encargarme este asunto y resolver el problema.

Así que, puestos en contacto con el inquilino, éste manifestó que sí, que tenía unas plantitas en la vivienda, ya que su médico se lo había recomendado para el dolor de espalda. Sin embargo, por la información ofrecida por los vecinos, el cultivo debía ser mayor al de unas simples plantitas, pues el ruido de motores y, ese olor tan característico, se hacía notar con fuerza en las zonas comunes del inmueble.

Nuevamente me puse en contacto con el inquilino para pedirle que me mande algunas imágenes del interior de la vivienda, con el fin de cotejar su versión, ya que sus palabras no coincidían con la de los vecinos.

 

Entrar en la vivienda a la fuerza no es una opción

Hay que recordar que entrar en la vivienda alquilada sin el consentimiento del inquilino es un delito, como explico en este post: ¿Puede entrar el propietario en el piso del inquilino?

Nunca entres a la fuerza, ya que las consecuencias legales pueden ser todavía peores, ya que el inquilino podrá denunciarte por allanamiento de morada.

Volviendo al caso, el inquilino no tardó en enviarme un vídeo del interior de la vivienda donde se apreciaba la existencia de, al menos, 10 plantas de marihuana. Además se podía ver con claridad el uso de deshumidificadores y focos de luces. Y una de las ventanas estaba completamente cerrada con tarima de madera para impedir la entrada de luz

Ante esta situación, y con la sospecha de que el vídeo mostraba tan solo una parte, procedí a requerirle, mediante escrito fehaciente, el desahucio de la vivienda a causa de las actividades molestas y prohibidas que vienen establecidas en el artículo 27.2 de la LAU.

En este post, podrás acceder al modelo de escrito para desalojar a inquilino por actividades molestas (tener plantas de marihuana).

Esta situación es causa de resolución de contrato, puesto que en la vivienda no se permite realizar este tipo de actividad. Ya no estamos hablando de unas plantitas para el propio consumo, sino de un verdadero cultivo, con independencia del destino que le diera el inquilino cultivador.

 

¿Cuántas plantas de marihuana se puede tener en casa?

La ley no determina la cantidad de plantas que se pueden tener en una vivienda, pero sí se permite el autoconsumo.

Todo lo demás, está prohibido.

De hecho, la ley prevé sanciones administrativas de multa, como establece el artículo 36.18 de ley de seguridad ciudadana o, incluso, pena de cárcel si se comercializa con ellas, como es el artículo 368 del Código Penal.

Por tanto, puedes tener en casa lo que tú puedas fumar, sin más.

Además, el cultivo no podrá ser visible.

La ley no marca la cifra exacta de plantas de marihuana que podemos tener en casa, pero el Instituto Nacional de Toxicología calcula que el consumo propio pueden ser un máximo de 100 gramos (ver cuadro de dosis mínimas de marihuana):

¿Cuántas plantas de marihuana se puede tener en casa?

 

Resolución del contrato por tenencia de plantas de marihuana en la vivienda alquilada

Volviendo al caso que nos ocupa, a los pocos días nos citamos con el inquilino en la vivienda para hacer entrega de las llaves y devolver la posesión de la propiedad al arrendador.

De esta forma, firmamos un documento de finalización de contrato y el asunto se terminó definitivamente.

Tener una planta para consumir en casa, en mi opinión no puede justificar la terminación del contrato, pero si esa planta se multiplica… entonces podemos tener serios problemas y el propietario podrá solicitar el desahucio.

 

Aquí el vídeo del caso real: Desahucio por tener marihuana

En este vídeo para el canal de youtube cuento el caso real de desahucio del inquilino por cultivar plantas de marihuana en la vivienda alquilada.

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¿Te ha quedado alguna duda? Envíame tus comentarios más abajo. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, pídeme cita para tener una consulta con abogado de alquiler.

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