¿Puede Entrar el Propietario en Casa o Piso del Inquilino?

¿Puede Entrar el Propietario en Casa o Piso del Inquilino?

Última Actualización
Este contenido ha sido actualizado en el año 2024, conforme a la nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda), y a las recientes modificaciones de la LAU, aplicable en España.

Cuando tu casero entra en tu piso sin consentimiento para revisar el estado de la vivienda o hacer visitas.

Dicho de otra manera, para entendernos, ¿tiene derecho el casero a entrar y salir de la vivienda alquilada a su antojo?

Aunque en muchos contratos de alquiler, el arrendador se reserva el derecho a entrar en la vivienda del arrendatario para inspeccionar su estado, esta cláusula NO es legal.

En este artículo, lector, te explico por qué es ilegal.

Estás en «Modelos y Contratos», la web nº1 para descargar tu modelo de contrato.

 

¿Puede entrar el casero en la vivienda alquilada?

Se trata de una pregunta que se hacen muchos inquilinos cuando el propietario invade la casa o el piso de alquiler:

¿Tiene derecho el arrendador a entrar en la vivienda alquilada?

No. No tiene derecho. Mientras el inquilino se encuentre en posesión de la vivienda, el propietario no podrá entrar en ella sin su consentimiento.

Es decir, el inquilino debe dar permiso al casero para acceder a la casa o al piso, de lo contrario, el propietario no tiene derecho a entrar en el domicilio del arrendatario.

Vamos por partes.

 

Explicación en vídeo: puede el propietario entrar en la vivienda

En este vídeo para el canal, realizo un análisis sobre la situación que se produce cuando el propietario quiere acceder a la vivienda del inquilino. También hablamos de las cláusulas ilegales en los contratos de alquiler que permiten al casero entrar siempre en la vivienda.

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El domicilio del inquilino es inviolable

La Constitución española establece en su artículo 18.2 que el domicilio es inviolable.

Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

La inviolabilidad del domicilio, como vemos, es un derecho contemplado en la propia Constitución.

Lo que significa que, una vez suscrito un contrato, el propietario no puede acceder a ésta sin permiso del inquilino.

El domicilio de las personas es el lugar de su residencia habitual.

Podrás descargar un modelo de contrato de alquiler de la ley de Vivienda, siguiendo el enlace.

La Constitución señala cuales son las dos excepciones a la regla, en las que se admite la entrada del propietario a la vivienda: 1) consentimiento del arrendatario y 2) autorización judicial.

Hay que tener presente que, mediante el contrato de alquiler, el arrendador cede el uso de una casa o piso para que una tercera persona pueda satisfacer su necesidad de vivienda, convirtiéndose así en su domicilio, tal y como señala el artículo 2 de la Ley de arrendamientos urbanos (LAU).

Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

Por lo tanto, constituido el contrato de arrendamiento de vivienda, el inquilino y su familia establecen en ella su domicilio o su residencia habitual, en virtud del artículo 40 del Código civil.

Para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles, el domicilio de las personas naturales es el lugar de su residencia habitual.

Como vemos, la inviolabilidad del domicilio de las personas es un derecho fundamental recogido en la Constitución y tiene una protección impecable en las leyes.

Pero qué pasa si el propietario accede a la vivienda sin consentimiento del inquilino…

 

Allanamiento de morada por parte del casero

Como venía diciendo, para que el propietario acceda al domicilio del inquilino, es necesario que exista el consentimiento previo del arrendatario, dado el carácter de inviolabilidad que tiene ese domicilio.

Esto quiere decir que, el propietario deberá acudir a los tribunales, si por algún motivo cree necesario el acceso a la vivienda. De lo contrario, podría incurrir en un delito de allanamiento de morada, castigado con pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Además, el Código Penal, artículo 202, considera como un agravante que la entrada a la vivienda se realice con violencia o intimidación.

  1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
  2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.

Así que ya sabes, si eres inquilino ya conoces tus derechos.

En cambio, si eres propietario y quieres acceder a una casa o piso que tienes en alquiler, sea cual sea el motivo, tendrás que recurrir antes a la justicia, de lo contrario podrías estar cometiendo un delito de allanamiento de morada.

 

¿Es legal una cláusula en el contrato de alquiler que permita al propietario el acceso a la vivienda?

Totalmente no, no es legal.

Una cláusula contractual que permita al propietario el acceso a la vivienda de alquiler prescindiendo del consentimiento del inquilino sería ilegal.

En los supuestos contemplados en los artículos 21 y 22 de la LAU, en relación a la obras de mejora en la vivienda, pueden existir cláusulas contractuales que faciliten al propietario el acceso a la vivienda, aunque es aplicable igualmente si no se menciona en el contrato, y para ello seguirá siendo necesario el consentimiento del inquilino.

Existen casos en los que el dueño de un piso se reserva el derecho de entrar y salir de la vivienda en cualquier momento para comprobar el estado del inmueble. Esta situación es ilegal, aunque figure en el contrato de alquiler.

 

¿Puedo entrar en el piso si el inquilino no paga la renta o el contrato ha terminado?

No. El domicilio sigue siendo inviolable aunque el inquilino no pague la renta de alquiler o el contrato de arrendamiento haya llegado a su fin.

El propietario, si no ha firmado con el inquilino un documento de fin de contrato y entrega de llaves, deberá acudir al juzgado para que se declare resuelto el contrato de arrendamiento, por impago, por vencimiento del contrato o por las dos, y sólo cuando el juez resuelva desalojar al inquilino, el arrendador podrá volver a entrar en su vivienda de forma legal.

Otra situación que se produce con frecuencia es el abandono de la vivienda por parte del inquilino pero sin entregar las llaves, incluso con deudas pendientes. Al igual que en el caso anterior, el arrendador debe acudir a los tribunales y esperar la sentencia de desahucio y su ejecución para poder acceder legalmente a la casa o piso.

 

¿Te ha quedado alguna duda? Envíame tus comentarios más abajo. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, pídeme cita para tener una consulta de alquiler con abogado.

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200 comentarios

  • Hola, mi casera tiene el piso alquilado por habitaciones vivo yo y otro chico, cada uno con su contrato, tiene el salón lleno de trastos y me entra cuando le da la gana, me dice q al ser por habitaciones es legal q yo tengo derecho a usar el salón la cocina y el baño, y q ella aúnq no viva aquí puede entrar cuando quiera eso es legal al ser por habitaciones? O no tiene q avisar antes? Puede tener todo en el salón lleno de trastos me dijo q lo iba a quitar. Gracias

    • A
      Tito Petrizzo

      Hola Noemí, en el caso del alquiler por habitación, el uso de las zonas comunes es compartido y la propietaria puede acceder. Habría que ver lo que dice el contrato sobre las obligaciones en las zonas comunes, ya que podrías exigir que mantenga limpio el salón. En cualquier caso, lo que sí tiene prohibido es acceder a las habitaciones alquiladas sin vuestro consentimiento.
      Espero que esta respuesta aclare tus dudas.
      Un saludo

  • Mario Oleaga

    Planteo esta situación: tengo un piso alquilado con contrato de piso completo para mí solo. La situación es la siguiente, un día por la mañana. Yo estoy sentado en el sofá del piso y escucho el timbre de la puerta de acceso al piso sonar, me voy acercando a la puerta Mientras que suena la llave de la puerta girarse y entre abrirse la puerta cuando me percato que es el propietario, y aunque yo sorprendido le doy acceso a la vivienda. Podríamos considerar que el propietario ha cometido algún tipo de ilegalidad ?

  • Hola me llamo Jose tengo 6 meses que no e pagado alquiler al casero por que el trabajo que estaba no me pagaban y me estafaron, ahora los dueños del piso que son unos socios de una empresa me quieren botar, canbiar la cerradura, resivo insultos de todo tipo mi contrato es de un año y se me vencio en abril del mes pasado que tengo que hacer no tengo dinero para yo aun alquilar otro lugar abogado

  • Buenas noches,
    Soy inquilino y el propietario quiere vender el inmueble conmigo dentro, para ello, la inmobiliaria quiere venir a tomar fotos junto con varios compradores. Respecto a las fotos del inmueble con mis pertenencias, ¿debo permitir que realicen las fotos?

  • Hola, necesito preguntar: ¿se aplica esta normativa al conserje del edificio? ¿Puede el conserje entrar en la vivienda sin permiso del inquilino para una revisión rutinaria de la caldera del gas?

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Diego, el derecho a la intimidad y el principio de inviolabilidad del domicilio se aplica a todas las personas. Nadie puede entrar en tu vivienda (aunque sea alquilada) sin tu consentimiento, salvo, por supuesto, que se tenga autorización judicial.
      Un saludo.

  • Buenas tardes
    Tengo una consulta.A ver si me pueden orientar un poco por favor.
    Si el propietario del piso alquilado ( que lo alquilaba por habitaciones y con contrato verbal) se ha muerto hace un mes, y el abogado de los herederos hace 15 dias nos comunico que no quieren que les paguemos nada, quieren que nos marchemos ya, para vender el piso,cuanto tiempo tenemos para poder buscar otra vivienda ?
    Y tienen derecho ir entrando al piso con su llave sin permiso ? Porque lo estan haciendo, encima metiendonos prisa casi insultando e intiminandonos.
    Es muy desesperante, porque el mes de diciembre es un poco complicado para buscar vivienda.

  • Hola, tengo en alquiler un inmueble, el inquilino no deja entrar al plomero para arreglar un caño que está perdiendo agua y le está pasando humedad al vecino rompiéndole alguno muebles! Que puedo hacer si el inquilino no deja que pase arreglarlo ?

  • Buenas noches, mi madre tiene varios contratos de alquiler y el último se hizo en 2009 y sin inventario no le han renovado ninguno más pero si le han cobrado alquiler. Ahora le han dicho que van a vender y como mi madre no sabe de leyes, le permitió entrar y con el de la inmobiliaria para sacar fotos. Incluso tener que enseñarla viviendo ella dentro. Lo curiosos que tiene un contrato de arras echo con un supuesto comprador y una de las cláusulas que le pone es que el inquilino tiene que abandonar la casa en una fecha establecido por ellos. Que tendría que hacer?????

  • Hola!! Quería preguntarle, su firme un contrato permitiendo que los propietarios pudieran venir a ver el estado de la casa, puedo negarme? La propietaria quiere vender la casa y ya roza al acoso lo que está haciendo con mensajes y burofax.
    Dice que a venido su hermano a hacer fotos del jardín,que nos enviarán a juicio por negarnos abandonar la casa y nos exigen un día de visita de la vivienda, cuando ya habíamos quedado 2 veces para que vinieran a verla y en ls dos veces al último momento nos han dicho que no vendrían.
    Nos quedan 2 años de contrato, lleva 1 año y medio acosándonos y tenemos un bebé de 8 meses.
    Que podemos hacer??

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Vanessa, el consentimiento para entrar a la vivienda debe realizarse en cada momento.
      Desde mi punto de vista, una cláusula que obligue al inquilino a enseñar la vivienda es ilegal y se tendría como no puesta en el contrato.
      Podrás negarte siempre a que la dueña vuelva a entrar en tu domicilio.
      Un saludo

  • Buernas tardes,ha venido mi casera a tocar la puerta sin previo aviso ,al dia siguiente a quedadon en venir con un fontanero por una averia y desde que entro estaba grabando el piso con su movil esto es legal ?

  • Hola!!! una duda más, en el caso de que estemos ante un alquiler de habitaciones, nos encontramos con que hay zonas comunes y zonas privadas que son las habitaciones, con lo cual, el propietario ¿puede entrar en el piso sin permiso porque existen esas zonas comunes y por lo tanto no se considera domicilio a la casa entera?

    • A

      Hola David, habría que analizar la redacción del contrato. A priori el propietario tendría acceso a las zonas comunes, por ejemplo para realizar tareas de limpieza, pero como digo hay que estudiar el caso.
      Un saludo.

  • Hola, yo tengo una duda sobre el arrendamiento diferente de vivienda. ¿A este tipo de arrendamientos se le considera domicilio independientemente del tiempo que resida allí? Es decir, el casero para entrar en el piso arrendado necesitaría mi permiso ya que es mi domicilio, porque es donde resido ¿no? Gracias

    • A

      Hola David, al igual que en los arrendamientos de vivienda, en los alquileres temporales el propietario no puede acceder al inmueble sin autorización del inquilino.
      Aunque el alquiler no sea de vivienda permanente, el inquilino puede establecer allí su domicilio temporal y el mismo es inviolable.
      Un saludo.

  • Hola en un contrato de arrendamiento es legal q ponga q pueden entrar al piso estén o no los inquilinos con el fin de enseñarlo a otros posibles inquilinos? Y por otra parte cuál es el pzo de la devolución de la fianza. Gracias

    • A

      Hola Carmen, si autorizas la entrada por escrito al arrendador, es legal. Ahora bien, podrás negarte a que el propietario acceda a la vivienda si tu no quieres. Aunque esta cláusula figure en el contrato, te puedes negar igualmente, pues el consentimiento lo deberás dar en cada solicitud que te haga el dueño.
      El plazo para devolver la fianza es de 30 días, a partir de ese plazo devenga intereses.
      Un saludo.

  • MARIA ENCARNACION RODRIGUEZ ROMERA

    hola buenas noches mi pregunta es la siguiente, es legal que el dueño del piso que tengo alquilado, controle mis facturas de luz y agua, puesto que me manda los correos que les mandad de que debo el agua y luz tan solo pasa 4 dias y ya me esta reclamando los pagos de dichas facturas, gracias

    • A

      Hola María, si las facturas de luz y agua vienen a nombre del dueño, es lógico que te las reclame directamente a ti para que sean abonadas, siempre que los contadores de suministros se encuentren individualizados.
      Un saludo.

  • Buenos días,

    Tengo mi domicilio alquilado y está provocando humedades al piso de abajo. La situación es la siguiente, el inquilino no está pagando sus mensualidades desde Enero y no permite el acceso al domicilio. No contesta al seguro que está intentando organizar el arreglo. Como debería proceder?
    Muchas gracias de antemano.

    • A

      Hola Roberto, en este caso, te recomiendo enviar un burofax al inquilino solicitando autorización para entrar en la vivienda con el fin de reparar las averías urgentes. Y que en caso de que no permita el acceso de los operarios (además de regularizar la deuda de alquiler) resolverás el contrato y el inquilino tendrá que desalojar la vivienda.
      No entres en el piso si el inquilino no te deja.
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • hola como estas? soy inquilino de un local comercial y el propietario no me permite el acceso al inmueble

    • Hola! Buenas noches! Yo vivo de alquiler desde hace varios años y cada vez que la casera renueva el contrato me cita en el que ahora es mi piso y la verdad yo me siento como que viene a ver cómo tengo el piso y que está invadiendo mi intimidad. O cuando hay que arreglar algo viene ella, ya bastante incómoda me siento con el hombre que venga, como para también que esté ella, me incomodan las visitas (de hecho no tengo visitas de nadie). ¿Cómo puedo decirle de buenas maneras que prefiero que no suba a mí casa?

      • A

        Hola Estela, en tu caso, unos días antes de que toque la renovación del contrato, lo que yo haría sería enviar un mensaje a la dueña para citarla en cualquier otro lugar que no sea el piso. De esta forma, evitarás que la dueña entre en tu piso y te sientas incómoda.
        Un saludo.

        • Muchísimas gracias por su respuesta. De igual modo ella intentara que nos veamos aquí. :_)

    • A

      Hola Carla, en tu caso, te sugiero que acudas a la Guardia Civil, con tu contrato de arrendamiento de local, y denuncies la situación, pues si el contrato está en vigor, el propietario no puede prohibirte la entrada al inmueble.
      Para cualquier otra consulta, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Buenos días. Quería hacer una pregunta sobre el acceso a la vivienda en un caso particular Soy propietario de un piso alquilado en una ciudad diferente a mi vivienda habitual. Ahora tengo una avería de agua y mi inquilino no quiere estar presenta durante las obras de repacion de la misma, para no perder días de trabajo. La pregunta es si es obligación del propietario abrir y estar en la vivienda durante las obras o es responsabilidad del inquilino hacer esa funcion?

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola David, la responsabilidad de realizar las obras de mantenimiento y conservación es del propietario, no del inquilino. Deberá ser el dueño quien vigile todo el proceso, aunque es cierto que el inquilino tiene que abrir la vivienda. Si no lo hace porque se encuentra fuera, que te autorice y preste su consentimiento por escrito, a entrar en el piso para poder realizar las obras necesarias.
      Un saludo.

  • Buenas noches,
    Mi hija ha alquilado una habitación en un piso. El propietario tiene alquiladas todas las habitaciones de dicho piso. En total son cinco chicas estudiantes jóvenes las que están alojadas. La única zona común es la cocina y el baño.
    El propietario se presenta sin avisar en el piso para cerciorarse de que no haya alguna otra persona alojada. El tiene las llaves y entra a su antojo sin avisar. Mira incluso la ropa que tienen tendida, para asegurarse que no haya cosas de otra gente.( especialmente ropa masculina)
    Mi hija tuvo visita de un amigo y lo echó de casa. El amigo tan sólo quería dejar la mochila en el piso antes de salir a conocer la ciudad.
    El propietario dice que está en su derecho, ya que el piso está a su nombre y él está también allí empadronado. Las chicas firmaron el contrato donde se decía que el dueño puede presentarse a su antojo sin avisar. Según su información, se trata de allanamiento de morada. Qué aconseja a estas chicas. Ellas no quieren conflictos, pero es normal que quieran su intimidad y también puedan a recibir a quien quieran en el piso.
    En la espera de sus noticias, le saludo atentamente.
    Ana

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Ana, entrar en las zonas comunes de un piso no se considera allanamiento de morada. El propietario puede entrar, salir, revisar dichas zonas, realizar mantenimientos o limpieza. Lo que no podrá hacer el dueño es entrar en las zonas privativas, las habitaciones, que están siendo alquiladas por las chicas estudiantes, salvo que exista autorización por parte de las inquilinas.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Buenos días,
    teniamos contrato pero nos caducó y hemos seguido pagando lo que estabamos pagando (tengo recibos)
    Por mensaje nos comentó el proprietario que querría subir el alquiler de 100 euros y que ibamos a hablarlo (en ningun momento hemos concretado que si).
    Pues resulta que nos lo dice justo mientras que estamos de vacaciones, por mensaje, a la vuelta no vemos pasado un mes para pagar el alquiler y nos comenta que “como os lo he dicho por mensaje vale, y ahora pido esta cantidad”. Claramente con estas condiciones no vamos a repetir contrato con este proprietario porqué lo que pide es una barbaridad, además para el piso que alquila que es muy chico. De todas formas, hemos quedado en que dejaremos el piso en un més y que el podrá entonces volver a tener el piso y alquilarlo.
    Ahora me pide que le haga foto del piso para que pueda ponerlo en anuncios antes de tener el piso, mi pregunta es ¿puedo negarme? además tenemos muchas cosas en casa, como muebles y tv y lavavajillas.. muchas cosas que no van a estar ahí al momento del alquilarlo a otra persona con lo cual me parece como engañar al proximo inquilino, y creo que el proprietario sepa que su piso no va a quedar igual de bonito cuando se quede medio vacío con lo que había en origen
    gracias
    Marifè

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Marifè, en tu caso, no tienes obligación de realizar esas fotografías. Una vez que el propietario verifique el estado del piso y se realice entre las partes el documento de fin de contrato, el dueño podrá hacer todas las fotos que él quiera, pero antes no. Tampoco el propietario puede entrar en el piso sin tu autorización.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola, agradezco su respuesta… su información me ayudó muchísimo… gracias!!!! Saludos cordiales!!

  • Hola. Soy propietaria de una casa la cual alquilé e hice contrato por 3 años con inquilinos que no pagaban a fecha termino el alquiler y los servicios de luz y agua, siendo que cuando ellos estaban habitando el inmueble fui haciendo reparaciones las cuales se terminaron salvo una reparación que faltó hacer con un caño de agua. Con el tema del incumplimiento que no pagan a fecha tuve que exigirles que paguen de lo contrario hacia rescisión del contrato y desalojo una manera de apurar a ciertas personas irresponsables siendo que solo hace tres meses que arrendaron la propiedad eso trajo como consecuencia malos tratos de parte de los inquilinos hacia la propietaria rechazando su entrada para seguir con la reforma y la presencia para efectuar el cobro de dicho alquiler Mi pregunta es que yo quiero terminar de arreglar caños rotos que podrían llegare a perjudicar con el tiempo. Como debo actuar y que permiso debo pedir para lograr terminar ese arreglo??

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Carina, teniendo en cuenta que la reparación que debes realizar es una obra necesaria, deberás preavisar al inquilino, por escrito, de que vas a ejecutar dicha obra, informando del día de inicio y final, o el plazo que podrá durar la reparación.
      De esta forma, el inquilino no podrá impedir el acceso a la vivienda de los obreros.
      Un saludo.

  • Me dispongo a abandonar una vivienda alquilada y la casera me dice que tiene que ver el piso antes de dejar las llaves en la agencia por si tiene que hacer reparaciones. puedo negarle la entrada hasta ese mismo día ya que e pagado el mes entero y le avise con dos meses de antelación que no renovamos el contrato.
    Muchas gracias.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Tania, en mi opinión, es muy recomendable que la propietaria revise el piso, junto con la inquilina, para comprobar el estado del inmueble.
      De esta manera, se evitan sorpresas futuras desagradables, como reclamaciones por daños en la vivienda.
      Por lo general, este acto se suele realizar el mismo día de la entrega de llaves y se firma un documento de finalización de contrato.
      Por tanto, te sugiero que avises a la propietaria para citarse el último día del arrendamiento.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • |Buenas, estoy de inquilina en un piso de alquiler con contrato y todo legal por medio de una agencia, no era capaz de conectarme al wifi y la agencia mandó a un ‘técnico’ a arreglarlo y traer un colchon nuevo. Tengo sospechas de que el técnico en realidad era el dueño del piso, el sabia la contraseña del wifi cosa que la agencia no, se notaba la inquietud del supuesto tecnico en analizar la vivienda y analizarme a mi. A los 15 minutos llegó otro hombre a traer el colchón. La agencia dijo que vendría un técnico, no dos. Esto no se podría considerar impersonamiento y que ha accedido a la vivienda fraudulentamente? Puede tener consecuencias legales en caso de que lo denuncie?

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola lector, en tu caso, habría que saber con certeza que la persona que entró en tu domicilio era el dueño de la vivienda, pero, además, para que esta actuación tenga consecuencias legales, tendría que haber entrado sin tu consentimiento, y por lo que comentas, le has dejado pasar.
      De todas formas, te sugiero que si se vuelve a repetir, adviertes al propietario que acceder al piso sin autorización es ilegal.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola tito, mi pregunta es alquilo habitacion el cual yo di la mitad de dinero para adquirir el piso, 1200 euros es lo que di. Lo que pasa es que hay 3 habitaciones pero yo solo uso 1 habitacion y las otras 2 ellos y ellos cuendo yo salgo hacer compras y ir a traer mi hijo al cole ellos entran a mi habitacion y revisan todo y los he grabado en video al momento de revisar mis cosas. Con camara oculta, les quiero reclamar por que entran a mi habitacion pero ellos son muy problematicos y tengo miedo que me digan que me salga del piso.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Mauricio, si alquilas una habitación en una vivienda, el propietario o arrendador no puede acceder a dicha habitación sin tu autorización.
      La habitación es tu espacio privativo, compadrado al domicilio. Es inviolable.
      Teniendo en cuenta que no has prestado tu consentimiento para la entrada en tu habitación, podrás demandar al arrendador exigiendo responsabilidades.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola Tito,
    Podría localizarte de forma privada?
    Tengo varias dudas sobre mi contrato de alquiler.
    Muchas gracias por todo

    • Hola.el casero a tirado la puerta abajo y cambiado la cerradura. Todos los enseres personales los ha tirado a la basura. Todo lo que en 53años arrastra una vida. Fotos, ropa, recuerdo,joyas, electrodomésticos…he puesto dos denuncias y ahora que hago? Llevo 3 semanas en la calle

      • A

        Hola Luis, si ya has puesto denuncia en la policía, deberás esperar a recibir notificación del juzgado para conocer el estado del proceso. También puedes acudir nuevamente a la policía para pedir información o presentarte en el juzgado que según corresponda.
        Un saludo.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Adriana, envíame tu contrato a mi correo con las dudas que tienes.
      tito@modelosycontratos.com
      Un saludo.

  • Hola Tito , me ha ayudado mucho este artículo, aún así me quedan dudas en mi caso que es algo especial.
    Vivo en una casa de campo y mis caseros tiene un garaje anexo a la casa el cual no me incluyen en el alquiler.
    El problema es que ellos me dicen que en el contrato me tiene alquilada solo la casa pero no el terreno ,entonces ellos se dan el derecho de aparecer por casa abrir la puerta de entrada a la finca pasar al garaje y pasearse por aqui.
    No me avisan cuando van a venir y cuando lo han hecho y no les he dado mi autorización aún así han venido y han hecho lo que han querido.
    pueden mis caseros entrar en la finca sin mi consentimiento?aunque no sea la casa sino el terreno que hay alredor.
    Podrían alquilar el garaje a un tercero viviendo yo en la casa?
    Es legal esto de alquilarme la casa y no el terreno?
    La verdad tengo dos niños pequeños y me es violento que estas personas aparezcan por aquí cuando quieran por qué no tengo intimidad.
    Muchas gracias.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Javier, en tu caso, lo primero que habría que mirar es cómo está redactado el contrato de alquiler de vivienda, y saber exactamente cuáles son los límites del arrendamiento.
      En cualquier caso, entiendo que la acción perturbadora de la intimidad que genera la entrada y salida permanente de los propietarios en la finca es algo que no preveías cuando alquilaste la vivienda, y por tanto, creo que deberías planteárselo así al arrendador para encontrar una solución.
      Que el garaje no se haya incluido en el alquiler es perfectamente legal, pero el arrendador debería adoptar las medidas necesarias para no vulnerar la intimidad del inquilino cuando haga uso del mismo.
      Si todavía te queda alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Buenas tardes vivo en un apartamento donde compartía con un novio no estamos juntos como pareja pero seguimos compartiendo el apartamento el no a pagado la renta por casi un ano y hace 1 semana me dijo que el dueño del edificio va a cerrar el apartamento le pregunto si tiene un papel de la corte no me dice nada es esto posible que el dueño del edificio me desaloje sin ningún papel de corte, oh puede ver un papel que mi ex novio le firmo y le de derecho de dejarme en la calle ?

  • Hola, hemos alquilado con muebles pero no están inventariados. La dueña podría decir que había mas cosas y nosotros tener que pagarlas? No hemos echo contrato por inmobiliaria, solo entre nosotros. Ella entro a controlar la casa con un amigo y saco algunas fotos del patio. Cómo puedo hacer para que no vuelva a hacerlo? También tiene un cuartito en la propiedad con candado con sus cosas. Es legal? Muchas gracias por la ayuda

  • Buenas tardes, he renovado el contrato de un piso de alquiler en el cual llevo 5 años y ahora el propietario me pide repasar el inventario de los muebles, y que haga fotos de todo para comprobar su estado. Mi pregunta es: ¿Puedo negarme a hacer fotos de mi domicilio aunque sea de su propiedad?
    Muchas gracias.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Mireia, esta es una cuestión que debía plantearse en la renovación del contrato de alquiler. Ahora que el contrato ya está renovado, no tienes ninguna obligación de hacer fotos de tu hogar.
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola. Estoy alquilando un piso y ha aparecido una filtración en mi pared y armario. Tengo daños en ropa y zapatos.
    Hace unos días ha venido un reparador a ver los daños. La filtración es de mi comunidad y tienen que reparar. Hoy me ha llamado la administradora y me dice que tiene que entrar el presidente de la comunidad a ver los daños, pero yo no quiero que entre él. He señalado que no me importa que vuelva el reparador.¿Tengo derecho a negarle el acceso al presidente?
    gracias y saludos

  • Estoy alquilando un piso ahora mismo estoy fuera de espana, el propietario quiere acceder al piso para reparaciones de tubería en todo el inmueble. me ha informado el día 4 de junio, y dice que si no doy acceso va a entrar sin mi consentimiento, tiene derecho de hacer ?
    yo le dejaría entrar con mucho gusto pero no estoy allí y no quiero que entran mientras no estoy allí y no quieren esperar hasta que vuelvo

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Hana, el propietario no puede entrar en el piso sin tu consentimiento, de ninguna manera.
      Para realizar una obra de mejora o mantenimiento, como el cambio de tuberías, el propietario deberá esperar a que el inquilino esté presente o preste autorización para acceder a la vivienda.
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola,
    Quería saber cómo proceder en caso de que el arrendatario no se encuentre en la vivienda y surja una inundación, incendio o cualquier otra circunstancia que ponga en peligro la vivienda o incluso otras viviendas y el arrendatario no de su consentimiento para entrar o no conteste a la reclamación del arrendador.
    Gracias.

    • A

      Hola lector, para acceder a la vivienda alquilada necesitas del consentimiento del arrendatario.
      En estos casos por inundación, incendio u otras circunstancias que requiera de una intervención rápida, lo recomendable es comunicar al inquilino la necesidad de entrar en la vivienda para evitar daños mayores (se necesita actuar con urgencia).
      Si el arrendatario no permitir la entrada del arrendador o del técnico correspondiente, se le comunica que el coste de los daños provocados por tales circunstancias serán de su cuenta.
      Te recomiendo la lectura del siguiente artículo, donde encontrarás más información sobre este asunto:
      https://www.modelosycontratos.com/2015/09/obras-en-vivienda-de-alquiler-obligaciones-y-derechos/
      Tu abogado online.

  • Hector José

    Gracias, Tito.
    Hoy 01/01/2020 me he reunido con el propietario y todo ha salido muy bien. Me ha devuelto la fianza y yo le pagué los últimos gastos de luz y agua. De hecho nos hemos dado un abrazo.
    Gracias nuevamente y buen año.
    Héctor.

  • Hector José

    Hola. El último día de finalización de contrato (31/12/2019) y después de terminar mi jornada laboral (alrededor de las 17 hs) me dirigí a la vivienda del propietario para entregar las llaves del estudio donde yo vivía y de repente me llevé una sorpresa: la puerta ya había sido abierta (por el dueño o su pareja) y supongo que también habrian entrado en la vivienda. Digo supongo porque fue su pareja quien me ha visto llegar hacia el estudio y ella no ha dicho nada al ver la puerta abierta. Debo aclarar algunas cosas: 1) yo dejé el estudio el 28/12/2019 (tres días antes) quitando mis cosas ya que el día de finalización de contrato no podía hacerlo por tema de trabajo. Por lo que la noche del 28/12 yo ya vivía en otro sitio; 2) el estudio queda muy cerca de la casa del propietario, 25 metros aproximadamente, creo que es un anexo. 3) el domingo 29/12 por la mañana me dirigí hacia la vivienda del propietario para informarle, que ya no vivía en el estudio, que mis cosas ya no estaban allí desde el día anterior y que le entregaría las llaves el 31/12 como dice el contrato. El no me pudo atender pero ella sí. Nos dirigimos al estudio y ella pudo comprobar que yo dejaba la vivienda. No me extrañaría que ya lo hayan abierto el mismo dia 29 cuando me despedí de ella hasta el día 31.
    La pregunta es la siguiente: ¿ha sido correcto que el propietario o su pareja hayan abierto el estudio sin esperar a que fuese yo quien lo hiciera y entregarles las llaves?
    Ante lo sucedido e llegado a la conclusión (con contrato en vigor) que ellos podrían entrar cuando les dieran la ganas ya que disponían de más llaves.
    Creo que ellos consideraron que podían entrar al estudio al ver que era el último día de finalización de contrato y que mis cosas ya no estaban allí. Esta situación sucedió alrededor de las 5 de la tarde de ayer 31/12/2019.
    Saludos y gracias.
    Héctor

    • A

      Hola Héctor, el propietario no tiene derecho a entrar en la vivienda alquilada mientras exista contrato de alquiler en vigor o el inquilino permanezca en la vivienda. Por tanto, la actuación del dueño no es legal, ya que ha vulnerado tu derecho al entrar en tu domicilio sin consentimiento.
      Tu abogado online.

  • Hola
    Muchas gracias por todo. Pero entonces para concluir con mi consulta. Ahora si pasados los 2 meses y que yo no puedo encontrar ningún piso de alquiler me podrán echar de la casa sin problema? esta es mi preoccupation. Pero sepan que mi intención no es quedarme en el piso pero eso si como hago si no encuentro?
    Muchas gracias de antemano
    Saludos

    • A

      Hola Max, solo podrán echarte mediante un proceso judicial. Es decir, el propietario no podrá usar la fuerza para echarte del piso si no cumples con el plazo. La consecuencia de que permanezcas en el piso después del plazo de dos meses, será que el dueño, con toda probabilidad, interpondrá una demanda de desahucio contra ti.
      Tu abogado online.

  • Hola Tengo otra duda. La propietaria me manda un burofax para decirme lo mismo o sea que en dos meses debo de salir de su casa. Que es lo que debo hacer? estoy obligado a recibir el burofax?. Si lo rechazo existe una via legal para que ella tenga razón sobre mi? Yo no me niego a salir pero eso si siempre y cuando encuentre piso de alquiler y en caso contrario se lo he dicho no pienso salir porque ademas estoy con una persona enferma con discapacidad. Estoy pagando alquiler pero le debo un poco de dinero de la luz. Le he asegurado que lo pagare todo.
    Gracias de antemano

    • A

      Hola Max, en primer lugar, y en mi opinión, te sugeriría que recojas el burofax remitido por el arrendador, puesto que se trata de una notificación fehaciente, lo rehuses o no.
      Si la propietario te ha enviado el burofax al domicilio establecido en el contrato de alquiler de vivienda, y rehusas del mismo o no lo recoges en Correos, se entenderá igualmente una notificación válida.
      Se trata de una postura defendida por los jueces, como la Sentencia nº 31/2012 de AP La Rioja, Sección 1ª, 6 de Febrero de 2012, que dice:
      «(…) de igual manera se considera que pese a que los dos burofax remitidos conste “no entregado, dejado aviso”, ello no implica una acreditación de la falta de conocimiento sino que por el contrario prueban la voluntad renuente a recoger la documentación que desde Correos les estaba llegando y no puede justificarse en ello una pretendida buena fe que justifique la no imposición de costas cuando con su conducta ha obligado al actor a tener que recurrir a la vía judicial para satisfacer sus legítima expectativas.»
      Lo que la jurisprudencia viene a decir es que, si el destinatario rechaza el burofax, no puede darse por no enterado y que la notificación realizada por el casero es válida.
      Por último, y siguiendo con tu consulta, el plazo de dos meses para abandonar la vivienda comenzará a contar desde el momento en que recibes el burofax.
      Por tanto, podrás esperar unos días a recogerlo, a fin de “ganar” un poco más de tiempo para buscar otro piso.
      Tu abogado online.

  • Buenas tardes. Necesito saber en caso de que no me renueviese el contrato de alquiler de vivienda que tengo desde hace 1 año la propietaria me puede dar 3 meses para salir? Y si no encuentro me puede echar si o si?. Pregunto porque me ha venido amenazando que su piso está sucio y que me da dos meses desde ayer que no me renovara el contrato y que va a vender su piso. El contrato caducó desde el 2 de octubre. Estoy muy frustrado porque el lugar donde vivo es muy difícil encontrar piso de alquiler además vivo con una señora con discapacidad. Gracias de antemano

    • A

      Hola Max, tienes derecho a permanecer hasta 3 años en la vivienda. Es decir, que aunque tu contrato ponga que tiene una duración de 1 año, tú como inquilino podrás disfrutar de la vivienda hasta que se cumplan los primeros tres años de arrendamiento. Por tanto, la propietaria tendrá difícil echarte si no tiene motivos legales.
      Por otra parte, si la dueña vende el piso, tendrá que ser contigo dentro, y el nuevo propietario tendrá que respetar el contrato de alquiler hasta su fin.
      Tu abogado online.

  • Buenos días,
    Muchas gracias por la información.
    Tengo una consulta. Soy propietaria de un departamento, está por vencer a finales de noviembre 2019. Mi inquilino ha sido uno muy problemático a nivel de su unidad familiar: peleas, gritos, insultos, han tirado piedras a la ventana y ha intervenido la policía. Recién me entero que tiene un problema de alcohol y su esposa ha hecho retiro voluntario de la vivienda. Mi inquilino se ha encerrado en el departamento y sus familiares no contactan con el. Deben hacer los reparos respectivos y me están pidiendo entrar. Les he dicho que no puedo ingresar sin el consentimiento previo pero no hay forma de comunicarse con mi inquilino. Temen por su seguridad. Les he dicho que puedo llamar a un policía para que esté presente. Funionaría?
    Gracias.

    • A

      Hola Nyra, si el inquilino no te da autorización no podrás entrar en la vivienda. Puedes ir acompañada por la policía, pero será más de lo mismo. Necesitas el consentimiento para acceder al piso. En caso de que se niegue a dejarte entrar, no te quedará más remedio que acudir al juzgado para iniciar las acciones legales oportunas.
      Tu abogado online.

  • Muy buen servicio a la comunidad. Gracias

  • Hola tengo una consulta yo le estaba alquilando a una mujer policía con sus dos hijos se colgo de mi cable y me lo negaba me robaron estando ella yo vivo alfondo ,se q no tiene nada q ver pero bueno hace 5 meses se fue calladita quedo deviendo la luz el gas y la llame pero no queria pagar andube en las comisaria q ella wstaba pero nada ni una solucion tengo echa la denuncia quiso entrar varias veces cuando no estaba para llevarse un ropero y unas sillas que es lo q dejo .yo cambie la serradura ya q nadie se hace cargo de la deuda 4 meses de renta mas los impuesto y desaparecio su contrato es hasta el año q viene .pero yo soy sola y vivo del alquiler

  • Veronica Garcia Garcia

    Hola, tengo una consulta. He alquilado una habitación en un piso que comparto con otra chica. El primer mes de alquiler no pude utilizar la habitación por una humedad que había en la pared y de la cual no me habían informado. Esta humedad estaba cubierta con la cama y al yo rodar la cama la observé. El mismo día le comunique a la dueña la situación y que no iba a ocupar la habitación en la fecha prevista. Tardaron un mes en solucionar el problema, tiempo en el cual estuve compartiendo cuarto con mi compañera de piso. Yo le deje claro a la dueña que no estaba dispuesta a pagar la habitación el primer mes por ser inhabitable. A un mes de finalizar el contrato la dueña se niega a devolver la fianza pues alega que el primer recibo que le di es por el primer mes de alquiler de habitación, que en ningún momento le deposité la fianza. Quisiera saber que hacer al respecto. Por otro lado ella atiende pacientes en la sala, tiene un consultorio y yo hasta ahora no me había negado a su entrada. Quisiera saber si en este caso mi compañera de piso y yo, que tenemos alquiladas las dos habitaciones del apartamento, podemos negarnos a su entrada.

  • José Manuel

    Hola, tengo una consulta. Tengo alquilado una habitación + zonas comunes de un piso. Hay más habitaciones en el piso pero no están habitadas. El casero entra cuando quiere con la finalidad de enseñarlo porque quiere venderlo. En el contrato pone una cláusula en la específica que él tiene derecho a la entrada del piso y que si así no fuera, mi expulsión automáticamente. Es esto legal? Me puedo negar a que entre ? Pondría en riesgo mi estancia? Temo que me eche. Gracias.

    • Hola me llamo Jose, me podría ayudar, tengo 6 meses que no pago alquiler ami casero por que me estafaron en el trabajo que estaba, el casero con su esposa y su socio me quieren echar, resivo insultos de todo tipo, hasta la cerradura me quieren cambiar y me e dado cuenta que son socios y el. Contrato que firme son de una empresa mi contrato es de un año y se me vencio el. Mes pasado abril que puedo hacer aun no tengo dinero para alquilar otro lugar abogado

    • A

      Hola José Manuel, la cláusula que comentas me parece del todo abusiva. Pero teniendo en cuenta que tienes un contrato de habitación, el casero no puede entrar a ella sin tu autorización. Entiendo que el dueño si puede hacer uso de las zonas comunes.
      Tu abogado online.

  • Hola,

    Estoy dejando un piso que tengo alquilado.
    Voy a darme de baja de los contratos de electricidad y gas con Iberdrola. Soy el titular de los contratos.
    Iberdola tienen que venir a hacer la lectura del contador y retirar el contador tambien.
    Que hago si el casero no les da acceso al cuarto de contadores?
    No tengo llave.

    Gracias de antemano.

    • A

      Hola Sebastian, si puedes hablar con el propietario del piso, explícale que vas a dar de baja estos servicios por si él decide mantener los contadores y, de esa forma, hacer un cambio de titularidad. Tal vez el dueño no quiera quedarse sin luz ni gas en el piso.
      Tu abogado online.

      • Hola Tito,

        Gracias por su respuesta. El dueno ha dicho que si, va a cambiar la titularidad, pero estoy bastante seguro que no lo va a hacer.

        Otra consulta, en el contrato hay una clausula que dice que puede entrar en el piso para ensenarlo a inquilinos interesados. Entiendo que esta es una clausula nula pero me ha amenazado con “sancionarme” por incumplirlo con 700 euros. ?No puede hacer esto verdad?

        Un saludo,
        Sebastian.

        • A

          Hola Sebastian, el propietario no puede entrar en el piso sin tu consentimiento. En caso de hacerlo, estaría cometiendo un delito. En consecuencia, la cláusula que comentas y la penalización que te quiere impone es ilegal.
          Tu abogado online.

          • Gracias Tito.

            Ha vuelto a escribirme amenazandome otra vez con retener dinero del deposito si no le dejo ensenar el piso. ?Me siento intimidado , amenazado y inseguro en mi propria casa. ?Puedo hacer algo para que deja de coaccionarme?

            Gracias de antemano.

  • Hola,

    Alquilé por inmobiliaria y jamás conocí a los propietarios del inmueble en el que me iba a asentar. Nos pidió el de la inmobiliaria (previamente por los propietarios supongo) que hiciésemos una lista de las cosas que hubiese que arreglar, las que no estaban bien cuando entramos vaya.
    Resulta que hicimos la lista y se la mandamos al de la inmobiliaria para que se la hiciese llegar a los propietarios (el de la inmobiliaria siempre actuando como intermediario), y nos comunica que una persona conocida de los propietarios va a venir a arreglar las cosas.
    Vino una persona al poco tiempo a arreglar las cosas y se presentó de nuevo como un conocido de los propietarios. Persona que vino una segunda vez ya que no terminó de arreglar las cosas la primera. Persona que nos trajo un microondas cuando se rompió, etc. Siempre bajo la identidad de un conocido del propietario.
    Bueno, cuando dejamos el piso (que también vino esa persona junto con el de la inmobiliaria a revisar el inmueble) nos enteramos de que esa persona, es el propietario. Nos lo comunicaron un par de vecinos que habían en el patio.

    En resumen, esa persona que vino a arreglar las cosas era el propietario y se hizo pasar por otra persona que no era y entró en casa. Creo que es como si yo no hubiese dado consentimiento, porque a la persona que entró yo no sabía realmente quien era. Y la verdad, cuando tienes una niña de 5 años, estas cosas preocupan aún más.

    ¿Esto se puede hacer? ¿Que puedo hacer respecto a esto? No me parece normal que una persona haga esas cosas y no se pueda hacer nada.

    Espero comentarios,
    Gracias de antemano,

  • Hola, muchas gracias por la información.

  • Juan Ignacio leon gonzalez

    Buenos dias Tito,gracias por ayudarnos a entender un poco mas estas leyes que segun en que casos son dificiles de entender y saber como aplicar.
    Mi pregunta es la siguiente,todo lo que has explicado y por cierto muy bien explicado se puede aplicar a un terreno agricola del cual tengo un contrato de arrendamiento?
    Por cierto me paso hace unos dias que se metio en la parcela un abogado representando a los dueños de la parcela acompañado de la policia local y levantaron apta,se puede hacer eso o tienen que pedirme permiso por carta,buro fax o via judiacial?
    Te agradezco mucho la ayuda que nos das a gente que estamos indefensa.Gracias.

    • A

      Hola Juan, en tu caso, se trata de un contrato de alquiler distinto del de vivienda habitual. Esto quiere decir que, la finca alquilada no es el domicilio permanente del inquilino, no se trata de su hogar. Por tanto, es el domicilio del inquilino el que es inviolable, y cualquier entrada por parte del propietario o de terceros, requiere de su consentimiento.
      En cuanto a la finca alquilada, habrá que estar a lo acordado por las partes en el contrato de alquiler.
      Tu abogado online.

  • hola
    tengo un piso alquilado y me voy de vacaciones, puede entrar el propietario en mi piso por ejemplo si me dejo un grifo abierto? puede entrar el propietario en un piso alquilado por causa de fuerza mayor, por ejemplo un incendio, una inundación sin el consentimiento del inquilino?

    • A

      Hola Mónica, antes de entrar en la vivienda, por cualquier causa que sea, el propietario deberá pedirte autorización. El domicilio es inviolable, y por tanto, necesita de tu consentimiento.
      Además, en los casos de urgencia, la ley establece que el inquilino podrá reparar los daños y luego cobrar los gastos al propietario.
      «En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador».
      Tu abogado online.

  • Gracias por toda la informacion

  • Buenos días! Interesantísimo artículo! Ahí va mi duda: puede el arrendador acceder a la vivienda alquilada con conocimiento de los inquilinos durante el transcurso de un obra y problemas derivados de la misma que impedían la continuación?
    Gracias

    • A

      Hola Jorge, si el inquilino permite la entrada, el arrendador podrá acceder a la vivienda alquilada para realizar y supervisar las obras necesarias.
      Y además, la ley dice que:
      «Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda».
      Nos vemos online.

      • Gracias por la pronta respuesta! Y a efectos prácticos ¿es lo mismo “permitir la entrada” que “conocer que se va a realizar dicha entrad”? ¿Y llevándolo un poco más lejos, los albañiles de la obra podrían permitir el acceso?

        • A

          Hola Jorge, «permitir la entrada» es consentir (se manifiesta la voluntad de forma expresa o tácita), y «conocer» que el propietario entrará en la vivienda es un efecto de lo primero. Quiero decir, que si se conoce es porque antes se ha consentido. Si no se autoriza, no puede haber acceso.
          El uso y goce de la vivienda pertenece exclusivamente al inquilino, por tanto, ninguna tercera persona puede autorizar la entrada al propietario.
          Nos vemos online.

  • No se que hacer… luego está también que en las incidencias hay cosas raras como que dejen de funcionar 3 electrodomésticos a la vez cuando todos funcionaban bien , pero que se estropeen a la vez… Yo quiero llamar al seguro para que lo vea a ver que a pasado… además que e descubierto hace poco que hay un animal en el piso y en una cláusula del cobtracontrato pone que me tendrían que avisar o pedir permiso y no lo han hecho…

    • A

      Hola María, pues en ese caso, podrías plantear una resolución del contrato de alquiler de vivienda por incumplir el inquilino las condiciones del contrato (prohibición de animales).
      Lo de entrar en el piso sin que haya presente ninguna persona vinculada al inquilino, no te lo aconsejo.
      Nos vemos online.

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