Modelo de Contrato de reserva o señal de vehículo, coche o moto

Modelo de Contrato de reserva o señal de vehículo, coche o moto

Última Actualización
Este contenido ha sido actualizado en el año 2024, conforme a las recientes modificaciones del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCU), aplicable en España.

¿Quieres reservar un vehículo de segunda mano? Necesitas un modelo de reserva o señal en una compraventa de coche, furgoneta, camión, moto, etc. Te explico como hacer un contrato de arras entre vendedor y comprador particulares.

Hola lector, bienvenido como siempre a la web nº1 para descargar modelos de contrato.

En el post de hoy, te explico en que consiste la «reserva», «señal» o «arras» en una compraventa de vehículo.

Para ello, te traigo un documento para reservar la compra de un vehículo entre particulares, que te será muy útil si lo que quieres es entregar (comprador) o recibir (vendedor) una señal antes de comprar definitivamente el coche, la moto, etc.

De lo que se trata, básicamente, es de hacer las cosas con seguridad antes de comprar un vehículo, entregando una cantidad a cuenta, aportando garantías tanto para el comprador como para el vendedor.

 

Descargar modelo de contrato para reserva de vehículo (en Word)

A continuación podrás descargar un modelo de contrato para la reserva de un coche, moto, o cualquier vehículo, en formato Word. También conocido como documento de paga y señal o contrato de arras.

Modelo de contrato para reservar un vehículo (coche, moto).

 

Documento de paga y señal de una coche o moto

Como te decía, este documento de paga y señal de un vehículo, coche, moto, etc., se lo conoce también como «contrato de arras».

Un contrato de arras te da una garantía extra antes de firmar un contrato de compraventa de vehículo entre particulares.

Lo que hace este documento de paga y señal es permitir al futuro comprador reservar un derecho sobre el vehículo y, por otra parte, dar una garantía de compra al vendedor.

En muchos casos, el comprador quiere tener más tiempo para estudiar la clase de vehículo que desea comprar, analizar otras ofertas, pedir un préstamo, realizar una peritación sobre el vehículo, etc., y prefiere reservar un coche o una moto antes de realizar el contrato de compraventa definitivo.

También se utiliza este documento de señal de vehículo cuando entre el comprador y vendedor han acordado retrasar la entrega del coche o la moto por alguna razón, sea mecánica o a la espera de pasar la ITV, entre otros motivos.

 

Modelo de contrato de señal en compraventa de vehículo

La firma de un contrato de «señal» (también llamado contrato de arras) te da una garantía adicional sobre la compra o venta de un vehículo, un coche, una moto, etc.

Cuando el comprador y el vendedor deciden realizar la operación de compraventa, pero retrasan la entrega del vehículo, ambas partes salen beneficiados tras la firma de un documento de paga y señal o arras.

A tener en cuenta, que al hablar de señal o reserva no me refiero simplemente a la entrega de una cantidad a cuenta, sino de un compromiso firme, ya existe una decisión de compra, pero la entrega o la firma del contrato de compraventa se realiza más tarde.

Naturalmente nos encontramos ante un contrato de arras, donde nacen obligaciones y derechos entre las partes, pero por lo general se habla de reserva.

 

¿Qué pasa con la señal si el comprador al final no compra?

Estamos ante una señal o reserva, donde el comprador entrega al vendedor una cantidad de dinero (las arras), que suele ser del 10% del precio total del vehículo.

La firma del contrato de arras es una garantía de venta para el vendedor, pues el comprador abona ya una parte del coche o moto.

Pero, ¿qué pasa si más tarde el comprador no quiere el vehículo?

En este caso, el modelo de contrato de reserva de coche viene establecido que el comprador pierde la señal.

 

¿Qué ocurre con la señal si el vendedor no quiere vender?

Si finalmente el vendedor decide no vender el coche o la moto, con este modelo de contrato de señal o arras, deberá indemnizar al comprador con el doble de lo abonado por éste.

Se trata de una penalización legal para el vendedor por no ejecutar el contrato de compraventa, según se establece en el artículo 1454 del Código Civil.

Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.

De todas formas, este tipo de «arras penitenciales» se pueden cambiar. El vendedor y comprador, aunque en el modelo de contrato de reserva venga redactado de esta forma, pueden pactar otro tipo de penalización.

Con frecuencia, una vez firmado, las partes deciden resolver el contrato de compraventa de vehículo, siendo la aparición de averías la causa más alegada por el comprador.

De entre los problemas que surgen después de la entrega del vehículo, podemos destacar la reclamación por averías al vendedor particular, aquellas que aparecen después de la compraventa y que se conocen como vicios ocultos.

Una de las formas de evitar la reclamación por vicios ocultos es firmar un contrato de compraventa exonerando al vendedor de averías, donde el comprador reconoce que el coche se encuentra en perfecto estado y que no reclamará al vendedor posibles averías que surjan después de la entrega del coche o moto.

Por tanto, la mejor forma de empezar con una compraventa segura y con garantías, es la de firmar un documento de reserva, entregando una señal al vendedor, y más tarde, una vez se examine el vehículo y todo sea correcto, celebrar el contrato de compraventa de la coche o la moto.

 

Los claves para un buen contrato de reserva de vehículo entre particulares

Seas el comprador o vendedor del vehículo, estás a punto de entregar o recibir una cantidad que será la señal de la futura compraventa del coche o la moto.

✅ Para acordar una reserva de vehículo ten en cuenta estos consejos a la hora de firmar el documento:

  • Identificación de las partes: vendedor y comprador reservante.
  • Objeto del contrato: en este caso será un coche, moto, furgoneta, camión, etc.
  • Descripción del vehículo: identificar la marca, modelo, kilómetros, nº de bastidor.
  • La señal: establecer la cantidad que se entrega en ese concepto, especificando que las mismas se entienden entregadas a cuenta y en concepto de arras.
  • Plazo límite: establecer el plazo o el día para firmar el contrato de compraventa del vehículo.
  • Clase de arras: ¡muy importante! Si se establecen como arras penitenciales, en caso de que una de las partes no cumpla, tendrá una penalización.
  • Gastos e impuestos: declaración del estado del vehículo, gravámenes, gastos e impuestos.

 

¿Te ha quedado alguna duda? Envíame tus comentarios más abajo. Si necesitas que me encargue de la redacción de contrato por abogado, envíame tu solicitud a través del enlace.

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21 comentarios

  • Hola, disculpe mi duda, es la siguiente, si el comprador no firma el contrato de arras, pero si efectúa el abono de señal, en este caso, cual es la resolución? A mi me sucedió, que hize el abono de reserva de un vehículo, y no firmé ni entregué documentos dos días después del abono, lo hize por tarjeta bancaria y telefónicamente, bajo presión de el comercial asignado a tal efecto, ahora me dicen que no devuelven la señal de el depósito en concepto de contrato de arras, el cual nunca se firmó por mi parte, y quería saber si tengo modo de recuperar el abono realizado.
    Gracias de antemano

  • hola, estoy interesada en comprar un coche pero el vendedor no es el titular del vehículo, aunque dice que es el verdadero dueño, que se lo compró a su compadre y por no pagar la transferencia, nunca la ha hecho. Me pide una señal para reservar el coche, pero yo no encuentro garantías suficientes, ya que dice que al momento de hacer la transferencia, llevará el documento firmado por el titular, pero mi temor es que luego el titular pueda desconocer esa firma. Qué puedo hacer para asegurarme de que no me están timando? me ha enviado foto de su dni y del dni del titular.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Andrea, en tu caso, te recomiendo ir juntos a la DGT (comprador y vendedor) y hacer el cambio de titular.
      Una vez realizado este trámite le pagas al vendedor.
      Es la manera de evitar sorpresas.
      Un saludo.

  • Buenas tardes
    Deje una señal por importe de 350€ por un coche de segunda mano
    El concesionario me hzo firmar una factura proforma donde dicen que si doy marcha atrás en la compra no me devuelven la señal por daños y prejuicios ocasionados
    Yo al concesionario no les he causado ningún daño ya que el coche esta innovilizado y tampoco se le ha hecho ninguna reparación
    Me ha apersonado al concesionario y el dueño me dice que va a consultar con la gestoría si me devuelve la señal ya que no le gustan las formas en que solicito la devolución y me insta a que si quiero denuncie a consumo que él está bien cubierto

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Fausto, si el documento de reserva o arras pone que el comprador la pierda en caso de no realizar la compra, entonces el concesionario tendrá derecho a retenerla, teniendo en cuenta lo establecido en el contrato.
      Otra cosa es que hayas querido renunciar a la compra por algún incumplimiento del vendedor, en cuyo caso está obligado a devolverte la reserva.
      Un saludo.

  • Buenos días! Soy profesional del sector de la automoción y nos dedicamos a la venta de vehículos.

    Mi caso es el siguiente: tenemos un vehículo reservado mediante transferencia bancaria, el cliente quiere los cuatro neumáticos nuevos y en ningún momento se habló de ponerle los cuatro neumáticos ya que están en buen estado y revisado.
    Le he dicho varias veces que le devuelvo la reserva y me comenta que no que cuando el coche esté terminado la documentación que le avise y que ya tomarán las medidas oportunas.

    Mi pregunta es la siguiente puedo devolverle la reserva por falta de conformidad del cliente aunque la persona no quiera. En pocas palabras no les quiero vender el vehículo.

    Muchas gracias

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Juan, por lo que entiendo de tu comentario, el cliente estaría incumpliendo el contrato dado que exige condiciones que no estaban estipuladas cuando se realizó la reserva del vehículo, por tanto, sí que puedes devolver alegando esta cuestión. Por su parte, tu cliente estará en su derecho de iniciar las acciones que crea oportunas, pero teniendo en cuenta que ha sido él quien incumple, lo veo complicado que prospere su reclamación.
      Un saludo.

  • Hola, a mí me ha ocurrido algo similar a otro comentario anterior:
    Iba a comprar un coche de segunda mano.
    Sin hacer contrato ni firmar nada aclaré con el vendedor que yo le daba una señal para que me reservase el vehículo.
    (Todo por WhatsApp así que tengo los mensajes, por si son de utilidad)
    Tras darle la señal pasaron varios días y en el último momento me dijo que hay otro comprador y que se lo vende a él porque puede ir antes a por él, lo que me parece muy feo. También me dijo que me devolvía la señal.
    Me gustaría saber si puedo exigir que se complete la venta conmigo ya que le di la señal antes precisamente para que eso no pasase, porque yo estoy interesado en el coche, pero no firmamos ningún documento.

    • A

      Hola Jorge, en estos casos, lo ideal es firmar un contrato de arras donde se estipule que el vendedor, en caso de no cumplir con la obligación de venta, deba devolver al comprador las arras por duplicado.
      Lo que puedes hacer en este caso es enviar un escrito al vendedor exigiendo se formalice el contrato de compraventa bajo apercibimiento, de que si no lo hace, podrás demandarlo por ello.
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

      • Okey, muchas gracias.
        Todavía no se lo he comentado al vendedor, pero él me ha actualizado la situación:
        Me ha dicho que el otro comprador que vino después de mí también le dió una señal, también sin contrato (evidentemente después de que se la hubiera dado yo).
        ¿Qué es lo que debo hacer en caso de que se lo vaya a vender al otro comprador? ¿La única opción es amenazarlo con demandarle? ¿Puedo hacer eso independientemente de que no haya un contrato previo? (aunque sí tengo los mensajes que demuestran que le pagué la señal)

        • (aclaro que mi objetivo es comprar el coche, no recuperar la señal. Ya apalabramos el trato hace varias semanas y ya contaba con él)

          • A

            Hola Jorge, la posibilidad que tienes es poner una demanda en el juzgado. El contrato no necesariamente tiene que ser por escrito, vale perfectamente aquel verbal que se acredita con la pruebas del whatsapp. Si tu intención es adquirir el vehículo conforme el acuerdo pactado con el vendedor, esta es la opción que tienes.
            Un saludo.

  • Hola, tengo una duda a cerca de mi caso. Mi intención en todo momento era adquirir un vehículo entre particulares, ante el no querer perder dicho vehículo porque estaba bien, entregué una señal ante una posible pérdida, haciéndole firmar al vendedor un papel donde confirmaba dicha entrega y en razón de qué, no en papel oficial. Tras intentos de que me hiciera llegar documentación necesaria para asegurarme de que todo estaba en regla y tras varias excusas por parte del vendedor, presiento que algo no va bien. Pido un informe reducido online a la DGT, cosa que tenía que haber hecho antes de entregar la señal, y en dicho informe me pone al pie, con incidencias, tras ver esto me echo para atrás en adquirirlo y le informo que al final no me quedo con él y que me devuelva la señal entregada. Cual es mi sorpresa, que al principio esta de acuerdo, pero horas más tarde me dice que no, que se lo queda por el tiempo perdido. Me dirijo personalmente a la DGT para ver si encuentro una solución factible y recuperar mi dinero. Allí me indican que el titular del coche no coincide con la persona que intentó venderme el coche, que eso no se puede hacer y que me han estafado y que curse la pertinente denuncia. Mi duda es, si realmente esa persona legalmente se puede quedar con mi dinero o está obligad a devolverlo. Actualmente estoy intentando que la devolución se lleve a cavo sin necesidad de llegar a una denuncia. Si mientras le doy tiempo, consigue hacer el cambio a su nombre para desmentir que el coche no estaba a su nombre, desmontaría todo lo que hasta ahora tengo a mi favor o por las fechas seguiría pudiendo demostrar que en el momento de la entrega del dinero el coche no era de su propiedad. Gracias y un saludo.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Toni, lo que comentas podría ser considerado un delito de estafa y, siguiendo la recomendación de la DGT, lo que deberías hacer es poner la denuncia en la Guardia Civil.
      En cuanto al dinero de reserva, el supuesto vendedor estaría obligado a devolverlo, al menos que sí sea el propietario, o tenga poder para realizar la compraventa, en cuyo caso, las arras se las queda el vendedor.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola! tengo una duda….
    Sobre la comora de un coche.
    Lo 1º es que yo no he firmado ningun tipo de contrato
    Es por un mercedes que hice una transferencia a modo de señal para que me trajesen el coche al concesionario.
    Yo insistiendo en todo momento de si me devolvian o no la señal en caso de que una vez vea el coche en peesona finalmente no me lo quede.
    Y estos por whatsapp en todo momento y varias veces me confirman y reiteran ( literalmente ) que en cualquier circunstancia, si no me quedo con el coche, me devuelven la señal.
    Cuando fui a ver el coche pues decidí no quedaremlo y no querian devolverme la señal cuando me dijeron por whatsapp que si me la devolvian.
    Todo esto sin ni gun contrato ni firma de nada

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola José, respondí a tu consulta en otro post. Te pongo copia:
      «Si no has firmado ningún contrato o documento de reserva del vehículo, el vendedor deberá devolverte el dinero.
      El vendedor no puede quedarse con las arras (señal) si no hay ningún acuerdo sobre este asunto.
      Otra cuestión distinta sería si las arras fuesen penitenciarias. En este caso, el vendedor podrá quedarse con el dinero si el comprador finalmente no compra el vehículo.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.»

      • Lo que hablaba con mi abogado, perfecto.
        No he firmado nada de nada, solo pagué una señal, la cual en todo momento me decian por whatsapp que si no e quedaba el coche cuando fuese a verlo me la devolvían y no ha sido así.
        Hemos enviado un burofax.
        Gracias y un saludo

        • he firmado un contrato de compraventa con paga y señal de 300 €, han pasado más de 3 meses y la entrega del vehículo no se ha hecho, por lo q solicito q me devuelvan la paga y señal, y me dicen q no tienen dinero para devolvérmelo, como puedo reclamarlo ?

          • A
            Tito Petrizzo, abogado

            Hola Cristian, reclama por escrito al vendedor la devolución del dinero de la reserva del vehículo. Si se trata de arras penitenciales, podrás exigir el doble.
            Un saludo.

  • Hola, compré un vehículo por el que pague 800 euros, y me ha salido una avería de 300 el vendedores que es un particular no se hace cargo por no tener garantía el coche tiene 17 años, cuánto me podría costar poner una demanda judicial , no o me queda otra opción ya que no quiere pagar la factura, merece la pena o me costará más la demanda entre abogado , costas , etc, y cuánto tiempo tardan estos juicios. Gracias

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola María, en tu caso, al tratarse de un vendedor particular, aunque no existe una garantía propiamente dicha, el vendedor responde al comprador de las averías o vicios ocultos del vehículo.
      En el siguiente post te explico cómo realizar la reclamación al vendedor en la compraventa de un vehículo de segunda mano:
      https://www.modelosycontratos.com/2015/09/como-reclamar-una-averia-de-un-coche-de-segunda-mano-al-vendedor/
      El siguiente paso ya sería interponer una demanda judicial, que no necesita de abogado ni procurador, al ser la cuantía de reclamación inferior a 2000€.
      En cuanto al tiempo que tardan los juzgados, en estos momentos sería muy aventurado responderte, ya que el Coronavirus ha provocado la casi suspensión de la justicia.
      Si te queda alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

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