Carta para Comunicar al Inquilino la No Renovación del Contrato

Última Actualización
Este contenido ha sido actualizado en el año 2024, conforme a la nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda), y a las recientes modificaciones de la LAU, aplicable en España.

Modelo de carta para notificar al arrendatario la terminación del alquiler. Con este escrito el casero comunica al inquilino su voluntad de no renovar el contrato de arrendamiento.

Hola de nuevo lector, bienvenido a la web nº1 para descargar modelos de contratos. En este post veremos un ejemplo de carta para comunicar al inquilino la terminación del contrato.

Si eres propietario y deseas evitar la prórroga del contrato de alquiler, deberás notificar al inquilino tu voluntad de no prorrogar el arrendamiento.

Se trata de un escrito que debe dirigir el propietario al arrendatario, donde se le informa que al término del contrato o de la prórroga debe abandonar la vivienda.

 

Modelo de carta para comunicar al arrendatario la no renovación del contrato de alquiler

✅ A continuación podrás descargar el modelo de carta para notificar al inquilino no renovar contrato de alquiler.

Modelo para comunicar la no renovación del contrato de alquiler.

 

 

¿Cómo comunicar al inquilino la no renovación del contrato?

La comunicación al inquilino de la no renovación del contrato deberá realizarse por escrito.

Utiliza el modelo que tienes en este post para notificar al inquilino la terminación del contrato y su no renovación.

Si tu contrato de alquiler no tiene declarada ninguna dirección electrónica (correo o whatsapp), envía la carta de no renovación al domicilio del inquilino. Personalmente, recomiendo el uso del burofax.

No te preocupes si no sabes qué es un burofax. En este post te lo explico.

 

¿Cuándo se debe enviar la comunicación al inquilino para no prorrogar el alquiler?

Como ya hemos analizado en este blog, los contratos de alquiler tienen una duración mínima legal, siempre a voluntad del inquilino, de 5 años.

Esto quiere decir que, el propietario debe esperar a que se cumplan los 5 años de contrato para evitar que el alquiler se prolongue por más tiempo, con la llamada prórroga necesaria, al menos que el casero, después del primer año de contrato, quiera recuperar la vivienda por necesidad para sí mismo o para sus familiares.

Por lo tanto, transcurridos los cinco primeros años de arrendamiento, el propietario puede dar por finalizado el contrato de alquiler por su cuenta, previo aviso al inquilino.

⚠️ Atención a los plazos...
Si tu contrato de alquiler se firmó después del 6 de marzo de 2019 (reforma de la LAU), el plazo mínimo de preaviso para comunicar la no renovación del contrato al inquilino es de 4 meses. Pero si el contrato es anterior, el plazo es 1 mes.

Es importante cumplir este plazo legal, ya que si el propietario comunica más tarde su voluntad de no renovar el contrato, el inquilino tendrá entonces derecho a permanecer en el alquiler otros 3 años más (prórroga necesaria).

En el siguiente post sobre los nuevos plazos de preaviso te lo cuento todo.

 

Carta de no renovación de contrato de alquiler

Tan importante como cumplir los plazos legales de notificación es la forma de hacerlo.

La carta para comunicar la no renovación del alquiler ha de ser fehaciente y, siempre que sea posible, deberá enviarse por burofax, salvo que, como decía antes, el contrato tenga declaradas las direcciones electrónicas de las partes.

Si se elige otro medio (carta certificada, correo electrónico, etc.) debemos tener la certeza y la prueba de que el receptor ha recibido el mensaje, de lo contrario el inquilino podría decir que nunca recibió dicha comunicación, y por tanto, estaría en su derecho de prorrogar el alquiler por otro año más.

 

Informar al inquilino sobre la devolución de la fianza

El envío de la carta al inquilino para no prorrogar el alquiler, puede servir además para informar sobre la devolución de la fianza.

A pesar de que la ley no señala ningún plazo respecto a la devolución de la fianza (dice que devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves) en la práctica, resulta lógico que el arrendador necesite tiempo para inspeccionar el estado de conservación de la casa o el piso, por si existieran daños que reclamar al inquilino.

Por este motivo creo que sería útil para el casero indicar en esta comunicación de no renovación del alquiler, que la fianza será devuelta al arrendatario en un breve plazo de tiempo (no mayor a 30 días), una vez se realice por parte del propietario todas las comprobaciones respecto a las obligaciones del inquilino, al menos que las partes hayan acordado otra cosa en el contrato.

 

Comunicar al inquilino la fecha y hora de entrega de llaves

Personalmente, siempre aprovecho este tipo de escritos para comunicar al inquilino que al término del contrato deberá entregar las llaves y, para ello, le propongo un día y una hora para citarnos en el lugar de la finca.

Evidentemente, el día coincidirá con la fecha de vencimiento del contrato, pero es importante señalar la hora en la carta de no renovación para que el inquilino esté advertido de la cita propuesta con el fin de realizar la entrega de llaves.

 

¿Te ha quedado alguna duda? Envíame tus comentarios más abajo. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, pídeme cita para tener una consulta de alquiler con abogado.

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167 comentarios

  • una pregunta, yo tengo un piso alquilado desde el 1 de noviembre del 2012, por un año, se ha ido renovando cada año, hasta hoy; 12 años que se ha renovado pero ya no deseo renovar mas, le puedo enviar un burofax con una antelación de 4 meses antes de la fecha vencimiento del contrato, en este caso seria en noviembre del 2024?. Gracias

    • A
      Tito Petrizzo

      Hola lector, tu contrato es anterior a la reforma del 2019, por lo que puedes preavisar con 1 mes de antelación. Si el contrato está en tácita reconducción, podrás comunicar la finalización de un mes a otro, pero para esto hay que revisar el contrato para saber cómo y cuándo puedes recuperar la vivienda.
      Pídeme cita para tener una consultoría conmigo si quieres que revise tu contrato de alquiler y poder asesorarte:
      https://www.modelosycontratos.com/consulta-abogado-alquiler/
      Un saludo

  • Hola,
    es necesario renovar el contrato cuando hay que subir el alquiler? O simplemente se puede comunicar al inquilino y que empiece a pagar el nuevo importe? En este caso hay buena relación con el inquilino.
    Gracias de antemano.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Juan, basta con comunicarlo en la mensualidad anterior, para que el inquilino comience a pagar la renta actualizada.
      Un saludo

  • Hola, mi marido y yo firmamos contrato de alquiler en enero de 2018 con prórrogas ofrecidas por el arrendatario de 6 meses + 1 año en juliol de 2021 y julio dels 2022 respectivamente
    En abril del presente año notificaron únicamente por e-mail a mi marido la no voluntad de realizar un nuevo contrato a menos que aceptemos una subida del 28%. Mi duda es, al ser dos las personas que firmaron dicho contrato, ¿no tendríamos que haber sido notificadas por separado de esta condición?

    En caso de ser así, ¿se podría considerar renovado un año más el contrato pese a que ya han vencido los 3 años inciales + 2 y medio de prórrogas?

    Gracias,

  • Beatriz Miranda

    Hola !! La consulta es que mí inquilino en diciembre de este año finaliza el contrato.
    Y no voy a renovarlo, cuántos meses antes debo avisar y como?? Beatriz

  • Buenos dias. Tengo un inquilino que esta trasformado la vivienda en un NARCO/PISO. Y esta degradando el bloque y produciendo inseguridad a los demas vecinos.
    Quiero echarle
    Firmamos un contrato en el 2014 y renovamos en 2019 por 3 años mas.
    Como nunca tuve problemas con el, se me paso realizar otra renovacion en febrero del 2022
    El pago es mensual
    Voy ha enviarle un burofax para que deje la vivienda en un plazo de 2 meses (no se si deberia darle mas o menos)
    ¿Que tramites legales he de realizar en el caso de que no se quiera marchar de la vivienda?

  • José Hernandez

    Feliz noche, se puede notificar a la persona que arrendó un local comercial que no se le va a renovar el contrato porque está moroso por dos meses, o indíqueme que puedo hacer al respecto, bien sto es con la ley de uso comercial, es decir la vigente, esperando su res puesta por favor…

  • Buenas tardes, tengo un edificio con 6 viviendas alquiladas cada una en 600€/mes menos una, cuyo inquilino, con renta baja y sin revisar paga 480€/mes y que en mayo de 2018 firmó el contrato de alquiler de un año prorrogable hasta 3 años, es decir hasta 2021. Después de esto, según contrato, se prorrogaría otro año más si no había notificación por las partes, es decir hasta mayo de 2022 prórroga incluida. Tampoco hubo notificación en mayo de 2022. Según contrato, el inquilino debía dejar la vivienda después de los 3 años más el año de prórroga pero siguió en ella pagando los 480€ hasta la actualidad. Ahora quiero actualizarle la renta como al resto de inquilinos que tengo en el mismo edificio haciendo un nuevo contrato pero se niega. ¿Puedo enviarle burofax con 30 dias de antelación sobre mayo de 2023 resolviendo el contrato si ya pasaron los 4 años que figuran en el contrato? Gracias por adelantado

  • Buenas tardes, tengo un inquilino con renta sin revisar que en mayo de 2018 firmó un contrato de alquiler de un año prorrogable hasta 3 años, es decir hasta 2021. Después de esto, según contrato, se prorrogaría otro año más si no había notificación por las partes, es decir hasta mayo de 2022 prórroga incluida. Tampoco hubo notificación en mayo de 2022. Ahora quiero actualizarle la renta pero se niega por la nueva ley que no me permite subirle tanto como para igualarla como al resto de inquilinos que tengo en otros pisos en el mismo edificio. ¿Puedo enviarle burofax con 30 dias de antelación sobre mayo de 2023 resolviendo el contrato si ya pasaron los 4 años que figuran en el contrato? Gracias por adelantado

  • Hola buenos días,
    tengo un inquilino que se le renovó el contrato de alquiler en mayo de 2020
    Ahora tengo la necesidad de recuperar mi vivienda por razones personales.
    Podría comunicárselo ahora sin esperar al mes de mayo? y cuanto tiempo le tengo de dar,
    muchas gracias
    Alicia

  • sergio frizza

    buenas noches en septiembre del corriente año finaliza mi contrato de alquiler. quisiera saber cuanto tiempo antes debe comunicarme el propietario la no renovación de dicho contrato. de no haber ninguna comunicacion que puedo hacer. muchas gracias

  • Buenos días, mi consulta es la siguiente:
    Estoy en una casa de alquiler sin contrato desde Octubre de 2017, la casa es de un amigo de unos familiares mios, en un principio nunca se estipulo ni plazo mínimo, ni máximo de alquiler, sólo la cuota mensual sin contrato xq según el propietario si me hacía un contrato tenia que aplicarme el IVA cuando de todos es sabido que los alquileres no llevan ningun IVA, en fin, yo al no tener contrato le pago las mensualidades y gastos a través de mis familiares para que no haya ningun tipo de problema a la hora de si he pagado o no he pagado, nunca le he dejado de pagar una cuota, ni si quiera en la época en la que hemos pasado y estamos pasando, mi situación como la de muchos ha empeorado con el covid y la crisis y aun así, yo sigo pagando religiosamente cada mensualidad, he hecho mejoras en la que es mi vivienda habitual desde hace 5 años y ahora resulta que el propietario quiere vender la casa y a mi no me lo ha notificado ni por escrito, ni por email, ni por nada, han sido mis familiares a los que les ha dicho que esa es su voluntad y que tengo que abandonar la vivienda sin ni siquiera ofrecermela a mí primero.
    El propietario no tiene necesidad de la vivienda para el o algún miembro de su familia, pues esta soltero sin hijos y vive en la que ha sido su casa toda la vida.
    Mi situación es bastante complicada a dia de hoy pues no puedo optar a otra vivienda pues los precios estan por las nubes y tras la pandemia y varios problemas personales tengo reconicida hasta las asistencia jurídica gratuita dada mi situación de vulnerabilidad.
    Mi pregunta es, tiene que notificármelo por escrito a mi? En que plazo? Dado el tiempo que llevo viviendo aqui, a pesar de no tener contrato y ser mi domicilio habitual demostrable por cualquier persona que me conozca, entiendo que en plazos y renovaciónes me rijo por la misma normativa que si tuviera contrato, cual sería mi situación de renovación?
    Yo no me niego a marchar y mientras este viviendo aquí no le dejaré de pagar, pero claro está que necesito tiempo para que mi situación personal, laboral y economía mejore, puede obligarme a marchar?
    Que derechos tengo a pesar de no tener contrato llevando el tiempo que llevo viviendo aquí y pagando religiosamente cada cuota sin faltar ni retrasarme jamás en ningun pago?

  • Hola , buen día. Una consulta para dejar el local donde alquilo,una vez informado al propietario, tengo hasta fin de mes para dejar?? O hasta el 20 del mes por no haber realizado la actualización de garantía, como dice la dueña?? Es así, como dice ella??

    • A
      Tito Petrizzo, abogado

      Hola Silvina, en tu caso, será lo que establezca el propio contrato de alquiler, pues si es un arrendamiento de local prevalece lo acordado por las partes.
      Un saludo.

  • Hola Tito,

    Mi contrato finaliza el 04.06.2022 después de 2 prórrogas extraordinarias.

    El trato es con las hijas de los propietarios y en ocasiones anteriores, ellas manifestaban interés de hacer nuevo contrato pero añadiendo clausulas abusivas y cambiando precio (que al ser en Cataluña, había limitación de precio y no era legal). Y por ello cogí las prórrogas extraordinarias.

    En esta ocasión, volvieron a hacer lo mismo escribiendo informando que se acababa contrato pero dando a entender negociación como anterior ocasión. Les respondí, pero anularon la Ley de limitación de precios y ya no dijeron nada.

    Posteriormente, recibí aviso de correos conforme me habían intentado notificar un burofax y no estaba en casa y que me avisarían cuando pudiera ir a recogerlo y nunca llegó ese día.

    Recibiendo en fecha 05.05.2022 correo de las hijas enviandome el burofax por correo electrónico. Por lo que el burofax nunca fue notificado y el correo-e con el contenido de éste, se envió cuando quedaba ya menos de 1 mes.

    Mi pregunta es:

    – Qué debe poner exactamente el correo avisando fin contrato? Porque el que me hicieron anterior era ambiguo y parecía que era un inicio de negociación (como en anteriores ocasiones).

    – Es valido a todos los efectos el correo (igual que el burofax)? *Entiendo que si enviaron un burofax es porque ellas mismas entendían que no era válido o que no quedaba claro que ya no se renovaba.

    – Por último, es válido que sean las hijas las que efectúen las comunicaciones conmigo? Dado que los padres son mayores, pero no están incapacitados.

    Busco alegar que la comunicación no es valida o que no se hizo con la antelación suficiente.

    Muchas gracias.

    • A

      Hola Ana, te respondo a tu consulta:
      1.- El aviso de no renovación debe ser por escrito y claro, comunicando la voluntad del arrendador de no renovar el contrato al término del mismo o de la prórroga actual.
      2.- Si en el contrato han sido declarados los correos electrónicos de las partes, serán válidas las comunicaciones electrónicas y el burofax electrónico sería correctamente enviado.
      3.- No veo ningún impedimento a que las hijas se comuniquen contigo para realizar las negociaciones del contrato, siempre que las comunicaciones o escritos sean firmados por los arrendadores.
      Espero ayudarte a resolver tus dudas y que ahora puedes tomar la decisión correcta.
      Un saludo.

  • Hola Buenas tardes soy arrendataria de un apartamento y deseo notificarle a la agencia de arrendamiento la no renovacion de mi contrato como lo debo de hacer o como debo de redactar la carta mi contrato de arrendamiento va hasta el 30 de septiembre del 2022

  • Hola
    Firmé un contrato de arrendamiento por un piso en febrero de 2018. Hemos vivido en el piso durante 4 años. El propietario nos comunicó su deseo de renovar el contrato según la nueva ley de arrendamiento y fijó un aumento razonable en la renta, enviando por email, el nuevo contrato para la firma. Sin embargo, hemos conseguido un piso mejor por un precio similar y hemos decidido no firmar el nuevo contrato. El punto es que debemos quedarnos por lo menos un mes y algunos días en el piso hasta que nos entreguen el nuevo. Lo hemos comunicado verbalmente al propietario y ha estado de acuerdo. Hemos pagado la renta de febrero 2022 al nuevo precio estipulado por el propietario. Es conveniente formalizar nuestro deseo de no firmar el nuevo contrato? Pudiese ser por e mail?
    Qué más debemos hacer para concluir con nuestro arrendador?

  • Buenos dias de nuevo y te puede dejar el piso sin sofas y cama cuando se vaya? si tu se lo has dejado con sofas y cama me suena que lei por algun lado que no puede hacerlo que te tiene que dejar unos minimo en las condiciones que se lo dejaste tu. Entonces si por ejemplo le pones una lavadora nueva y a los 10 años se rompe y no tiene arreglo a quien le pertenece comprar la nueva? gracias

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Martin, en respuesta al ejemplo que comentas, le corresponde al propietario reparar o reemplazar la lavadora, pues es un elemento de la vivienda necesario para mantener las condiciones de habitabilidad que establece la LAU.
      Un saludo.

  • Muchas gracias cuando lo alquile le deje 2 sofas y somnier y colchon de matrinonio en buen estado y a los 10 años de alquiler me dijo que ya estaban en mal estado los sofas y somier+colchon y que iba a tirarlos e iba a comprar nuevos, ahora 2 años despues si tuviera que dejar el piso supongo que al comprarlos ella se los va a querer llevar, pero entiendo que por ley a mi no me puede dejar sin sofas ni cama y tendria que dejarme esos o unos minimo en las mismas condiciones de cuando le alquile el piso, estoy en lo cierto? gracias de antemano

    • Pues no tengo claro que el inquilino te tenga que renovar el mobiliario del piso 10 años después.

      Precisamente porque son 10 años y no 4 días. Una cosa es por hacer mal uso. Pero eso sería un desgaste natural de los elementos. Especialmente el somier y el colchón que dicen que hay que renovarlo cada 10 años.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Martín, si los sofás y somier nuevos los compró la inquilina, tiene todo el derecho a llevárselos.
      Es obligación del propietario reponer el mobiliario en mal estado, para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad.
      También es cierto que la inquilina deberá devolver la vivienda en el mismo estado en que la recibió, pero podría obligarte a pagar los daños que ella tuvo que reparar (por ejemplo, el colchón).
      Una vez que hayas comunicado al inquilino la carta de no renovación, te recomiendo que, al momento de la entrega de llaves, firméis un documento de finalización de contrato, para evitar reclamaciones futuras por cualquiera de las partes.
      Un saludo.

  • Hola alquile un piso en febrero del 2010 en 450€ antes que se cumplieran los 3 años me pidió rebaja y rebaje a 400€ en la pandemia me volvió a pedir rebaja y baje a 350€ mi sorpresa fue cuando mire precios y vi que estaban sobre 550-600€ con lo que después de estar pagando casi un año 350€ le dije de subir al precio de origen 450€ y me dijo que no lo veía y no era el momento y le dije pues me pagas 400€ hasta final de año (de julio a diciembre) y a partir de enero 450€ y me dijo yo pago 400€ y a final de año ya hablaremos, le mande un anexo con las nuevas condiciones 400€ hasta diciembre y 450€ a partir de enero y no lo firmo ni me contesto y no me ha dicho nada a final de año y en enero me ha ingresado 400€ y no estoy dispuesto en alquilar en 400€ con lo que quiero dar por finalizado el contrato, el contrato va a cumplir 12 años y no se ha renovado solo se hizo 2 anexos en las bajadas de precio, entiendo que esta en tacita de reconduccion y el contrato pone que se alquila por un renta mensual de 450€ con lo que entiendo que yo cada mes puedo dar por finalizado el contrato, también he visto por Internet que con la ampliación del estado de alarma los contratos que terminan antes de l 28 de ferrero del 2022 el inquilino se puedo acoger a quedarse 6 meses mas, eso no se si me afecta a mi al estar en tacita, de todas formas había pensado mandar un burofax para que dejara la vivienda el 1 de marzo, estoy procediendo correctamente o tendría que esperar al 1 de marzo por el tema del covib? Por otro lado me podías adjuntar el documento de no renovación de contrato cuando esta en tacita de reconduccion y gracias de antemano.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Martín, efectivamente, por lo que entiendo de tu comentario, tu contrato de alquiler se encuentra en estos momentos en tácita reconducción. Por tanto, tendrás que comunicar al inquilino la no renovación del contrato en tácita reconducción, con efectos el 1 de marzo de 2022.
      Para ello, te dejo a continuación enlace al modelo para no renovar tu contrato de alquiler:
      ✔️ https://www.modelosycontratos.com/producto/carta-comunicar-fin-tacita-reconduccion/
      Un saludo.

  • Entonces si me hubieran avisado con el mes de preaviso sí hubieran podido echarme? Quiero estar segura para cuando vayamos hablar con ellos poder defendernosncon conocimiento.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Si la fecha de terminación del contrato de alquiler de vivienda es el 30/11/20 (como pones en el comentario anterior), el propietario debió haberte avisado con un mes de antelación a dicha fecha para comunicarte la no renovación del contrato.
      Si el propietario te hubiera comunicado la no renovación antes del 30/10/20, entonces sí hubiera podido echarte con motivo de la terminación del contrato.
      Un saludo.

  • Buenas tardes!!
    Llevamos 6 años viviendo de alquiler ,la semana pasada recibimos un escrito de la propietaria diciendo que no nos renueva el contrato el día 30.11.20. Es muy poco tiempo. Que podemos hacer? Nos puede rescindir el contrato estando el estado de alamar?

    Muchas gracias.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Laura, la ley exige al menos UN MES de preaviso para comunicar al inquilino la no renovación del contrato de alquiler de vivienda (con la actual modificación de la LAU son CUATRO MESES)
      Teniendo en cuenta que la carta de no renovación del contrato de arrendamiento ha sido comunicada fuera de plazo, el alquiler se prorrogaría un año más (prórroga necesaria).
      En estos momentos no tenemos nueva normativa sobre los alquileres en estado de alarma, excepto la del primer estado de alarma, cuando se permitió la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler por 6 meses.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola! tengo una duda…. Mi casero ha vendido el edificio (tiene el edificio alquilado por viviendas). El chico que lo ha comprado nos ha dicho que tenemos que irnos. Nuestro contrato es hasta marzo de 2021. Le preguntamos cuando teníamos que marcharnos, nos ha dicho que cuanto antes.
    Cuánto tiempo tenemos para irnos? Podemos estar hasta que se nos termina el contrato de alquiler o no?
    Gracias

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Sarai, el contrato de alquiler no se termina por la compra del edificio. El comprador de las viviendas pasará a ser el nuevo arrendador, por lo que podrás estar en el piso hasta el final de la duración del contrato.
      Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • luisa fernanda

    Buenas noches, tengo arrendado un segundo y tercer pisos para un jardin de ICBF, a raíz de la pandemia yo les desconté un mes completo de arriendo 1. 500.000, y a parte como no podían pagar completo se hizo un acuerdo escrito donde se les descontó en junio y julio 500.000 respectivamente y firmamos una letra de un millón para pagar en marzo del 2021. esto se hizo acudiendo al llamado que hizo el gobierno de firmar acuerdos con los inquilinos. Pero a la fecha ellas ya no quieren pagar el canon completo de 1.500.000 si no solo de un millón. no se que hacer? les pido?, o si hago otro acuerdo que validez tendría este?, o finalmente puedo perder esos dineros y aparte seguir con esta situacion el otro año por no pedirles…. además el contrato es mancomunado, ósea firmaron tres personas. Agradezco tu orientación.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Luisa, muchas gracias por utilizar http://www.modelosycontratos.com.
      Te informo que esta web es española y los asuntos legales que tratamos se rigen por la legislación de España.
      Te sugiero realizar tu consulta en un foro de abogados de tu país.
      Un saludo.

  • Buenas tardes:

    Tengo alquilado un local comercial como arrendadora que vence el día 1 de Noviembre y no quiero renovar por incumplimiento en el pago de las rentas. ¿Debo comunicar el motivo de no querer renovar? ¿Tengo plazo para comunicárselo vía burofax (ya lo he hecho el día 1 verbalmente)?

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Francisca, en este caso, y a diferencia de los alquileres de vivienda, habría que mirar lo que pone el contrato sobre los plazos para realizar estas comunicaciones.
      De todas formas, lo que yo haría en este momento, además de la comunicación verbal, sería enviarle al inquilino un escrito comunicando la no renovación del contrato a la fecha del vencimiento (1 de noviembre).
      El escrito puede ser enviado por correo electrónico, whatsapp, o mediante la forma que suelen comunicarse las partes, o también se puede entregar directamente en persona. Así evitas gastos de burofax.
      Si quieres que me encargue de la redacción del escrito, escríbeme a tito@modelosycontratos.com.
      Un saludo.

  • HOLA BUENAS TARDES. HE RECIBIDO EL 1-10-2020 UNA NOTIFICACION DE RECOGIDA EN CORREOS ( POR AUSENTE ) DE UN BUROFAX DE LA EMPRESA S.L. QUE ME ALQUILA EL PISO DONDE VIVO. EL CONTRATO SE FIRMO EL 1-11-2013. QUE OCURRE SIN NO VOY A RECOGERLO Y SE PASAN LOS 30 DIAS DE PREAVISO. EL GERENTE DE LA SOCIEDAD SEGUN ME HA COMINICADO SU SECRETARIA QUIERE VENDERLO Y ME TIRA A LA CALLE. YO NECESITO MAS TIEMPO PARA BUSCAR NUEVO PISO Y TRASLADARME. MUCHAS GRACIAS

    • A
      Tito Petrizzo, abogado online

      Hola Miguel, un burofax deja constancia, no solo de la notificación, sino también del contenido. Si te niegas a recibir un burofax, el remitente (el arrendador) podrá demostrar cuál era el contenido de dicha comunicación, aunque el inquilino se haya negado a recoger el burofax.
      Mi sugerencia es que recojas el burofax, ya que las consecuencias pueden ser peores si no lo haces.
      Un saludo.

  • Hola buenas tardes, tengo rentado un espacio para clases los contratos tienen duración de un año vence el 31 de diciembre, este año es el untimo, con cuato tiempo tengo que avisar que no renovaremos para el siguiente año

    • Hola gracias por responder, te comento que le contrato solo menciona las fechas de inicio y de termino y no comenta nada de una renovación, tendría algún problema para para no renovarlo?

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Julia, sí que es posible, pero ten en cuenta que si firmas un nuevo contrato de alquiler, el inquilino adquiere los nuevos derechos que le otorga la LAU, sobre todo los relacionados con la duración mínima del arrendamiento (5 años) y las prórrogas (3 años).
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Rous, en este caso, cuando muere el arrendador de la vivienda, la persona que reciba en herencia la plena propiedad de la vivienda será su nuevo arrendador.
      El contrato de alquiler seguirá vigente exactamente igual que como se firmó en su día.
      Por tanto, para desalojar a tus inquilinos, tendrás que esperar a la finalización del contrato o la prórroga actual, avisando con un mes de antelación tu voluntad de no renovar el contrato.
      En este enlace podrás descargar el modelo:
      https://www.modelosycontratos.com/producto/descargar-carta-no-renovacion-inquilino/
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Jazmin, de tu comentario entiendo que tu contrato es distinto del de alquiler de vivienda habitual.
      Siendo así, tendrás que mirar lo que pone tu contrato de alquiler sobre los plazos de preaviso para realizar estas notificaciones, ya que regirá lo que hayan estipulado las partes.
      Si tienes cualquier duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Buenas. He heredado un piso que está alquilado y los arrendadores son mis padres que han muerto. Se firmó en el 2014. No quiero renovarles el contrato de alquiler. Que tengo que hacer? Con cuánto tiempo les aviso para que se vayan? Tengo que justificar que soy la nueva propietaria? Donde puedo descargarme un modelo para mandárselo?

  • Hola, Tito

    El contrato de mi inquilino se firmó el 1 de enero de 2017, osea que ha cumplido sus tres años de vigencia y actualmente se encuentra en el cuarto, es decir, en un año de prórroga. ¿Puedo comunicarle en plazo mi intención de no concederle un nuevo año de prórroga y darlo por finalizado para acto seguido firmar con ese mismo inquilino un nuevo contrato actualizando las condiciones y la renta si él está de acuerdo?

    Muchas gracias de antemano y un saludo.

  • Hola , mi inquilino termina su contrato en junio 15 quiero saber si puedo mandar una carta a ella y dar por terminado el contrato xk alguien me comentó que por lo que está pasando de covid 19 no debo.

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola María, el aviso para no renovar el contrato de alquiler de vivienda se debe enviar con al menos un mes de antelación a la fecha de finalización. El inquilino se puede acoger a la prórroga extraordinaria de 6 meses a causa del COVID-19, pero no es automático, lo debe solicitar el inquilino.
      Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola,
    he alquilado un piso con un contrato de 6 meses, aunque de palabras habíamos comentado con la dueña que lo haríamos por más tiempo, ya que en mi caso estaba interesado por larga duración.
    10 días antes de la finalización del contrato me dice que no me renovaría. ¿Cuáles son mis derechos con respecto al tiempo de aviso? Actualmente por la situación del Covid, además no hay disponibles tan fácilmente alquileres. ¿Cómo puedo protegerme antes de que llegue el día de dejar el piso y no haya conseguido nada?
    Desde ya muchas gracias por la respuesta.
    Un saludo

  • Buenos días: Soy propietaria de un piso. El contrato de alquiler se firmó el 28 de febrero de 2017, con una duración anual, prorrogable hasta los tres años. Soy consciente de que ha cambiado la Ley y que el inquilino ahora tiene derecho a permanecer en el piso 5 años, pero al ser un contrato firmado anteriormente a dicho cambio…¿puedo finalizar el contrato al cumplirse solo 4 años del mismo? Es decir: ¿si se lo comunico con tiempo, podría informar a la inquilina del cese del contrato el 1 de marzo de 2021? ¿El cambio en la extensión del plazo mínimo de 5 años afecta también a aquellos contratos firmados en el año 2017? Muchas gracais

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Abril, el cambio de la ley del alquiler en relación a la duración del contrato (5 años) no afecta a tu contrato de arrendamiento de vivienda, por ser anterior al 6 de marzo de 2019, fecha de la modificación de la LAU.
      Por tanto, no tendrás ningún problema en finalizar el contrato cuando se cumplan los 4 años.
      Para ello, comunica al inquilino tu voluntad de no renovar el contrato de alquiler con 30 días de antelación.
      Si tienes cualquier duda, por aquí me encuentras.
      Un saludo.

  • Hola Tito, le mandé a mi inquilino el aviso para no renovar el contrato que se termina el 30 de mayo de 2020 pero me responde que no se marcha, que tiene derecho a quedarse seis meses por el tema del coronavirus.. es cierto eso? Muchas gracias

    • A
      Tito Petrizzo, abogado y consultor online

      Hola Pedro, es por la entrada en vigor de las medidas urgentes sobre el alquiler que aprobó el gobierno, y que permite una prórroga extraordinaria del contrato por 6 meses durante el «estado de alarma» por el coronavirus.
      En tu caso, si el contrato de arrendamiento se termina el 30 de mayo, el inquilino podrá prorrogarlo hasta el 30 de noviembre de 2020, como máximo. Y como propietario deberás aceptar la solicitud de prórroga.
      Por tanto, el aviso de comunicación de no renovación del alquiler no tendrá efectos si el inquilino quiere permanecer en la vivienda durante esta situación, y como digo, por un período máximo de 6 meses.
      Un saludo.

  • Hola, he enviado el burrofax a la inquilina, y ella no quizo recogerlo. Contrato ya cumplo un año de alquiler.
    ahora mismo el burrofax esta en la oficina de correos. Que debo hacer para echar a los inquilinos?
    Cual es mi siguente paso? Tengo que denunciarla a la policia ? Muchas gracias, espero tu respuesta.

  • Tengo cumplido 3 anos y tengo que salir el piso yo quero salir pero no I pisos. Yo tengo una nina de 5 Amos si no tengo donde para alquiler quando mi llega la fetcha de salir mi puedo obligar or mi tien que decar Shasta lo enquentro otro

    • A

      Hola Lucy, lamento tu situación y espero que puedas encontrar pronto una solución al problema de alquiler.
      En respuesta a tu consulta, si se han cumplido 3 años y el contrato se ha terminado, deberás abandonar el piso si el propietario te ha comunicado por escrito la no renovación del alquiler. De lo contrario, el contrato se renueva un año más.
      Tu abogado online.

  • buenos dias,
    tengo un piso con una inquilina que me debe el mes de junio, julio y medio embargo, su contrato finaliza el 1 de septiembre de este año, le voy a comunicar por burofax la no renovacion automatica del contrato, mi pregunta es, tendria que poner dos burofax uno por la no renovacion y otro por el importe que me debe, o en el mismo burofax puedo poner las dos cosas??
    muchas gracias,

  • Buenas tardes tengo unos inquilinos van a cumplir el año de arriendo no quiero q continúen pero tampoco le hicimos contrato todo fue por contrato verbal q debo hacer y cuanto tiempo tengo para q me desocupe
    Gracias

  • Buenas tardes,
    Soy inquilino de un piso desde el 5 de mayo de 2016(el día 4 de mayo de 2019 haré 3 años en el inmueble). El pasado 11 de abril recibí un burofax de esa misma fecha en la cual, el arrendador (el cual es una sociedad limitada)solicita que por motivos de venta no va a prorrogar el contrato un año más.
    En el contrato que firmamos pone que el alquiler es hasta el 4 de mayo de 2017 y que pasado ese día se irá renovando y modificando el predico de alquiler año tras año basándose en índice de precio de consumo.
    Mi duda es:
    Al haberme notificado sin los 30 días naturales, automáticamente el contrato se prorrogará un año más hasta el 4 de mayo de 2020? Gracias.

    • A

      Hola Álvaro, si el arrendador te ha comunicado la no renovación del contrato con menos de 30 días de antelación a la fecha del fin del contrato, el arrendamiento se prorroga necesariamente un año más.
      Tal y como establece el artículo 10 de la LAU, esta prórroga es automática. Es decir, si el contrato alcanza los 3 años de duración y ninguna de las partes comunica a la otra su voluntad de no prorrogar el contrato al menos con 30 días de preaviso, el contrato se prorroga 1 año más.
      Por tanto, la notificación realizada por Burofax pierde eficacia al realizarse fuera de plazo y podrás permanecer en la vivienda otro año.
      Nos vemos online.

  • Buenas tardes,
    Soy propietaria de una casa que tengo alquilada desde 2016. Quiero finalizar el contrato con mi inquilino ya, pasados los 3 años que firmamos en el contrato de arrendamiento. Pero con la modificación de la ley de arrendamientos ahora se establece un mínimo de 5 años de arrendamiento. Sigue siendo legal darlo por terminado a los 3 años que es lo que firmamos? O debo esperar hasta pasados los 5 años para finalizar nuestro contrato? Gracias

    • A

      Hola Ana, la nueva ley de arrendamientos de 2019 no afecta a tu contrato. Las últimas modificaciones de esta ley se aplican a los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019.
      Es decir, podrás finalizar el contrato de alquiler cuando se cumplan los 3 años.
      Para ello, deberás preavisar al inquilino con 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato.
      Si tienes dudas con la redacción del escrito, podrás descargarte el modelo de no renovación del alquiler de vivienda en este artículo.
      Nos vemos online.

  • Buenos días.Tengo un contrato de 3 años , firmado el 1 de junio del 2017.
    Recibo una llamada de la inmobiliaria de que el casero ha discutido con la mujer y que se va separar y necesita la vivienda..Me ha dado 2 meses para abandonarla. Es legal,tiene que haber una sentencia de divorcio en firme?O tengo que fijarme de su palabra?
    Un saludo

    • A

      Hola Nikolay, el casero tiene derecho a recuperar la vivienda por necesidad sin tener que demostrar las razones que justifican el desahucio.
      Con las últimas modificaciones de la ley de arrendamientos urbanos de 2019, a partir de ahora sí que se exige que el casero especifique la causa de necesidad de vivienda, pero en tu caso se aplica la legislación anterior.
      Te han dado 2 meses de plazo para abandonar la vivienda, lo cual es legal, y como te comentaba más arriba, no es necesario que el propietario tenga que probar nada, ni que haya sentencia de divorcio.
      Tendrás que aceptar su palabra, pero si en el plazo de 3 meses el propietario no realoja la vivienda, tendrás derecho a volver al piso y/o exigir una indemnización por los perjuicios que el desalojo te haya causado.
      Nos vemos online.

  • Hola, necesito que el inquilino desde el 21 de abril de 2010 deje su vivienda para uno de mis hijos. ¿Con el burofax es suficiente?
    El inquilino se negó

  • Hola
    Tengo una vivienda arrendada.El contrato se firmó en marzo de 2015.En 2019 finaliza la prórroga de un año y tengo que avisar a la inquilinade que se acaba el contrato y necesito disponer de mi vivienda.Mi pregunta es si puedo avisarle mediante una carta que firmemos los dos es válido o si es necesario un buró fax con acuse de recibo y reconocimiento de texto?
    Gracias

    • A

      Hola Carlos, deberás comunicar al inquilino la finalización del arrendamiento con 30 días de antelación al vencimiento del contrato o cualquiera de sus prórrogas.
      Si el inquilino firma la comunicación de no renovación, el aviso es perfectamente válido y no haría falta enviar el burofax.
      Desde este artículo podrás descargar el modelo para comunicar al inquilino el fin del contrato del alquiler.
      Nos vemos online.

  • hola,hace unos 5 años nos embargaron la casa,el banco nos facilito la misma casa como alquiler social,la firma fue un noviembre,este dic no nos cobraron el alquiler por el banco y vino un hombre que queria ver la casa y ver quienes vivian (supuestamente venia de parte de la propiedad que es anticipa) y segun el,anticipa ,como dueño no querian renovar el contrato xq ganarian mas dinero alquilandolo a otros en lugar de a nsotros cmo alquiler social …la cosa es que dice que habia una ejecucion este 20 de dic para hecharnos…y le dije como puede ser…!?si no nos llego ningun burofax ni carta de aviso…?!y el hombre me dijo que intentaron contactar cn nosotros pero les devolvian las cartas como desconocido…(¿cosa q no entendi porque vivimos en la casa!!) total..queria preguntar que pasos dar? no me cobraron este mes…puedo ir a ingresarlo a ellos?les dije q a mi madre la echaron del trabajo con 62 años y yo ahora tengo a mi mujer viiviendo cn nosotros y tenemos una niña de 1 año y medio…que derechos tenemos??porfavor ayudadme..gracias!

  • Buenas tardes, si en el contrato de alquiler aparecen tres personas como inquilinos debo enviar un Burofax a cada uno?

  • Buenas tardes, llevo de alquiler 4 años y la propietaria quiere que le deje el piso, de momento no he recibido notificación y si la recibo es con menos de 15 días de la fecha de contrato (se hizo el primero y nunca se ha renovado por escrito), mi pregunta es si se renueva por otro año o al haber pasado más de tres años es diferente.

    • A

      Hola Federico, tendrías que mirar el contrato original del alquiler del piso y ver si se ha establecido alguna cláusula en relación a la prórroga del contrato. Si no hay pactos en este sentido, el arrendamiento continuará por tácita reconducción durante el tiempo por el que se haya establecido la renta de alquiler en el contrato. Es decir, el nuevo contrato por tácita reconducción tendrá una duración de un día, de un mes o de un año, dependiendo de como se haya establecido el alquiler en el contrato original.
      Te recomiendo la lectura de este post donde explico detalladamente qué es la tácita reconducción:
      https://www.modelosycontratos.com/tacita-reconduccion-contrato-alquiler/
      Al haber cumplido los 3 años de prórroga obligatoria y 1 año de prórroga necesaria (3+1), el casero puede comunicar al inquilino la no renovación del alquiler.
      Nos vemos online.

      • Gracias Tito por tu pronta contestación, mi duda sigue un poco en el aire, te concretó mejor el caso.
        El contrato de alquiler es anual, comenzó el 01 de octubre de 2014 nunca se ha renovado (todas las mensualidades pagadas sin demora alguna), el problema es que el otro día me comentó que quería una subida en el alquiler (cosa que yo aceptaría) pero con la condición que le dejará el mes de agosto para su disfrute, luego en septiembre yo volvería a la vivienda. Yo tengo una familia con dos niños pequeños y no veo correcto tener que vaciar la casa por un mes. Mi idea ahora es buscar vivienda para comprar, pero mientras encuentro quiero tener la tranquilidad de si mi contrato actual se puede haber renovado automáticamente o tengo que aceptar el nuevo contrato con las condiciones que me propone la propiedad. Como comenté al principio no he recibido ni el nuevo contrato ni la solicitud de no renovar, todo fue en una mera conversación.

        • A

          Hola Eduardo, lo que yo hago siempre es enviar el burofax a cada uno de los inquilinos que figuran en el contrato de alquiler. Más teniendo en cuenta si se trata de una carta para comunicar al inquilino la no renovación del contrato. Cada uno de los arrendatarios debe recibir la notificación fehaciente, de lo contrario, puede darse el caso de que alguno de ellos no se de por enterado.
          Nos vemos online.

        • A

          Hola Federico, en caso de aceptar un nuevo contrato con una subida de renta, volverías a tener el derecho de permanecer en la vivienda otros 3 años más, sin que el arrendador se pueda oponer. Tampoco tendría derecho el casero a pedirte que desalojes la vivienda durante un tiempo para su uso y disfrute.
          Aunque no haya ningún escrito de por medio, tu contrato se ha venido renovando automáticamente por plazos anuales, y si el contrato original no dice otra cosa, a partir del cuarto año el arrendamiento continúa por tácita reconducción. La duración de este nuevo contrato por tácita reconducción dependerá de como se haya pactado la renta en el contrato inicial (por un día, por un mes, por un año…). Lo habitual es que sea por un año, pero debes comprobar lo que dice tu contrato.
          Por último, y si te sirve de ayuda para ir buscando casa, debes saber que a partir del sexto mes, el inquilino puede poner fin al contrato comunicando su decisión de desistimiento al propietario con una antelación de 30 días. Esta decisión te saldrá gratis, salvo que en el contrato no se haya establecido penalización por desistimiento anticipado, que por ley no puede ser superior a una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.
          Es un tema un poco complicado de explicar, pero espero que te haya quedado más claro.
          Nos vemos online.

  • Buenos días, soy inquilina y al cumplir los 3 años de contrato me quieren hacer uno nuevo y aumentar el precio de la vivienda, me han notificado con menos de 30 días y por teléfono móvil, ¿por ley me puedo quedar otro año a ese precio? ¿cómo puedo yo demostrar que no me han avisado antes?

    • A

      Hola Alba, si atendemos literalmente a lo que dice la ley, efectivamente el preaviso debe notificarse con un mínimo de 30 días de anticipación a la fecha del vencimiento del contrato de alquiler.
      En este sentido, la ley dice que una de las partes debe notificar a la otra.
      Entiéndase por notificar:
      1. Comunicar a una persona de forma oficial.
      2. Hacer saber una cosa a alguien siguiendo ciertas formalidades.

      Por tanto, desde mi punto de vista, la comunicación de no renovación al inquilino debe realizarse por escrito y con un mínimo de treinta días.
      En consecuencia, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
      Por último, es el propietario o arrendador quien tiene que demostrar que la comunicación de no renovación al inquilino se realizó en tiempo y forma.

      Nos vemos online.

  • Hola. Soy la propietaria de un piso y alquilé una habitación a un inquilino por 12 meses. El contrato acaba el 31 de agosto de este año. Como no deseo hacer contrato nuevo se lo he comunicado por burofax a su domicilio oficial, el que viene en su DNI y lo ha recogido su madre. Mi duda es que hoy revisando el contrato he visto que viene como domicilio a efectos de notificaciones el de la casa objeto del contrato. Tiene validez la notificación hecha? O tendría que hacerla obligatoriamente al domicilio objeto del contrato?

    • A

      Hola Susana, la comunicación de no renovación al inquilino debe realizarse al domicilio que figura en el contrato de arrendamiento. En caso contrario, el inquilino puede darse por no enterado y la notificación pierde en validez.
      Nos vemos online.

  • A demás de lo expuesto anteriormente, tengo conocimiento y pruebas que están incumpliendo el contrato ya que en el mismo se indica que no están permitidos los animales.
    Esta vía sería más rápida para que se vayan ?

  • Alquile mi piso mañana hace un año y por razones de necesidad necesito ir a vivir ahí.
    En el contrato se indica duración de 1 año, sin perjuicio del arrendatario a la prorroga del mismo conforme a lo dispuesto en el articulo 9 y 10.
    Comunique hace exactamente un mes a la inquilina por vía email como indica en el contrato la no prorroga del contrato y me ha dicho que no va salir del piso.
    Me han dicho desde la agencia que mande un burofax para Notificarme, y que tienen dos meses para salir, aún asi me temo que ni lo cojan el burofax.
    Si mando el burofax que tiempo le tengo que dar otra vez de margen para que abandone la vivienda? Dicen que son dos meses pero solo leo que suele ser un mes. Es legal lo que está haciendo ? Estoy con mis dos hijos desde hace 2 semanas en casa de mi madre por que no tengo otro sitio donde ir.
    Gracias de antemano.

  • Hola, soy propietario de un piso que he venido arrendando a la misma persona desde el 2006 hasta la actualidad. He ido haciendo contratos por temporadas de once meses hasta el 2011 y desde el 2012 hasta ahora los hacia igual pero de 12 meses. He leido un poco y creo que esto no es correcto pero realmente hemos firmado las dos partes cada año asi. Actualmente pasa por mi cabeza vender el piso porque necesito el dinero y me gustaria saber como notificar al inquilino para que deje el piso y realmente a que tengo derecho yo y la otra parte. Como dato dire que no hay fianza ya que la utilizo en una mala racha para pagar las mensualidades. Gracias por tu labor y saludos.

  • Hola buenas, a ver si puedes ayudarme, llevo casi 4 años de alquiler en un piso y el arrendador me envió un burofax certificado notificándome de la no renovación del contrato, porque no estaba interesado, no justifica otra causa, yo no quiero irme, no tengo mucho dinero para afrontar una nueva fianza de otro piso, solo necesito estar 5 o 6 meses más de alquiler hasta que pueda irme al piso que compré, que me entregarán a finales de año, además de una gran cantidad de inmuebles que fui comprando para amueblar la nueva vivienda ,si me quedo y le hago llegar el dinero del alquiler igualmente a pesar de que no me renueve? tengo algún tipo de derecho para poder quedarme hasta los 5 años? muchas gracias. Le dejé una fianda de 3200 euros. Si no pago las mensualidades basándome en que quiero que me quite les mensualidades de esta fianza? gracias

    • A

      Hola Roberto, si el arrendador te notificó la no renovación del contrato de alquiler con al menos 30 días de antelación a la fecha de finalización del contrato, entiendo que no hay mucho que hacer para que puedas permanecer en la vivienda más tiempo.
      Si los plazos se han cumplido correctamente, el propietario no está obligado a justificar la causa o los motivos para poner fin al contrato.
      Tal vez podrías negociar con el propietario una prórroga por el tiempo que necesites, pero no te aconsejo quedarte en el piso si el arrendador se opone, pues te puedes enfrentar a un procedimiento de desahucio y a perder la fianza por tu incumplimiento.
      Tampoco es buena la idea de pagar las mensualidades del alquiler con la fianza, ya que éste no es su cometido, y al igual que antes, el propietario podría demandarte.
      Nos vemos online.

  • Soy propietaria de una vivienda que alquile por un periodo de cuatro años con posibilidad de prórroga por otros cuatro. Se firmó el 1 JULIO de 2014 .quisiera saber ,porque voy a enviarles burofax con preaviso si el contrato terminaría el 30 de junio o el 1 de julio, es decir desearía saber cuál sería la fecha de terminación. Y también si en la carta de preaviso que mandaré por burofax puedo citarlo para la firma del escrito de resolución y entrega de llaves. No deseo prorrogar

    • A

      Hola Ana, tu contrato de alquiler terminaría el 1 de julio de 2018. En el escrito de preaviso para no renovar el contrato -que seguro ya has enviado- puedes señalar una hora para firmar el documento de terminación de contrato y entrega de llaves con el inquilino.
      Nos vemos online.

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