
Modelo de carta para notificar al arrendatario la terminación del alquiler. Con este escrito el casero comunica al inquilino su voluntad de no renovar el contrato de arrendamiento.
Hola de nuevo lector, bienvenido a la web nº1 para descargar modelos de contratos. En este post veremos un ejemplo de carta para comunicar al inquilino la terminación del contrato.
Si eres propietario y deseas evitar la prórroga del contrato de alquiler, deberás notificar al inquilino tu voluntad de no prorrogar el arrendamiento.
Se trata de un escrito que debe dirigir el propietario al arrendatario, donde se le informa que al término del contrato o de la prórroga debe abandonar la vivienda.
Modelo de carta para comunicar al arrendatario la no renovación del contrato de alquiler
✅ A continuación podrás descargar el modelo de carta para notificar al inquilino no renovar contrato de alquiler.
¿Cómo comunicar al inquilino la no renovación del contrato?
La comunicación al inquilino de la no renovación del contrato deberá realizarse por escrito.
Utiliza el modelo que tienes en este post para notificar al inquilino la terminación del contrato y su no renovación.
Si tu contrato de alquiler no tiene declarada ninguna dirección electrónica (correo o whatsapp), envía la carta de no renovación al domicilio del inquilino. Personalmente, recomiendo el uso del burofax.
No te preocupes si no sabes qué es un burofax. En este post te lo explico.
¿Cuándo se debe enviar la comunicación al inquilino para no prorrogar el alquiler?
Como ya hemos analizado en este blog, los contratos de alquiler tienen una duración mínima legal, siempre a voluntad del inquilino, de 5 años.
Esto quiere decir que, el propietario debe esperar a que se cumplan los 5 años de contrato para evitar que el alquiler se prolongue por más tiempo, con la llamada prórroga necesaria, al menos que el casero, después del primer año de contrato, quiera recuperar la vivienda por necesidad para sí mismo o para sus familiares.
Por lo tanto, transcurridos los cinco primeros años de arrendamiento, el propietario puede dar por finalizado el contrato de alquiler por su cuenta, previo aviso al inquilino.
Es importante cumplir este plazo legal, ya que si el propietario comunica más tarde su voluntad de no renovar el contrato, el inquilino tendrá entonces derecho a permanecer en el alquiler otros 3 años más (prórroga necesaria).
En el siguiente post sobre los nuevos plazos de preaviso te lo cuento todo.
Carta de no renovación de contrato de alquiler
Tan importante como cumplir los plazos legales de notificación es la forma de hacerlo.
La carta para comunicar la no renovación del alquiler ha de ser fehaciente y, siempre que sea posible, deberá enviarse por burofax, salvo que, como decía antes, el contrato tenga declaradas las direcciones electrónicas de las partes.
Si se elige otro medio (carta certificada, correo electrónico, etc.) debemos tener la certeza y la prueba de que el receptor ha recibido el mensaje, de lo contrario el inquilino podría decir que nunca recibió dicha comunicación, y por tanto, estaría en su derecho de prorrogar el alquiler por otro año más.
Informar al inquilino sobre la devolución de la fianza
El envío de la carta al inquilino para no prorrogar el alquiler, puede servir además para informar sobre la devolución de la fianza.
A pesar de que la ley no señala ningún plazo respecto a la devolución de la fianza (dice que devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves) en la práctica, resulta lógico que el arrendador necesite tiempo para inspeccionar el estado de conservación de la casa o el piso, por si existieran daños que reclamar al inquilino.
Por este motivo creo que sería útil para el casero indicar en esta comunicación de no renovación del alquiler, que la fianza será devuelta al arrendatario en un breve plazo de tiempo (no mayor a 30 días), una vez se realice por parte del propietario todas las comprobaciones respecto a las obligaciones del inquilino, al menos que las partes hayan acordado otra cosa en el contrato.
Comunicar al inquilino la fecha y hora de entrega de llaves
Personalmente, siempre aprovecho este tipo de escritos para comunicar al inquilino que al término del contrato deberá entregar las llaves y, para ello, le propongo un día y una hora para citarnos en el lugar de la finca.
Evidentemente, el día coincidirá con la fecha de vencimiento del contrato, pero es importante señalar la hora en la carta de no renovación para que el inquilino esté advertido de la cita propuesta con el fin de realizar la entrega de llaves.
¿Te ha quedado alguna duda? Envíame tus comentarios más abajo. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, pídeme cita para tener una consulta de alquiler con abogado.
Hola, mi marido y yo firmamos contrato de alquiler en enero de 2018 con prórrogas ofrecidas por el arrendatario de 6 meses + 1 año en juliol de 2021 y julio dels 2022 respectivamente
En abril del presente año notificaron únicamente por e-mail a mi marido la no voluntad de realizar un nuevo contrato a menos que aceptemos una subida del 28%. Mi duda es, al ser dos las personas que firmaron dicho contrato, ¿no tendríamos que haber sido notificadas por separado de esta condición?
En caso de ser así, ¿se podría considerar renovado un año más el contrato pese a que ya han vencido los 3 años inciales + 2 y medio de prórrogas?
Gracias,
Hola !! La consulta es que mí inquilino en diciembre de este año finaliza el contrato.
Y no voy a renovarlo, cuántos meses antes debo avisar y como?? Beatriz
Buenos dias. Tengo un inquilino que esta trasformado la vivienda en un NARCO/PISO. Y esta degradando el bloque y produciendo inseguridad a los demas vecinos.
Quiero echarle
Firmamos un contrato en el 2014 y renovamos en 2019 por 3 años mas.
Como nunca tuve problemas con el, se me paso realizar otra renovacion en febrero del 2022
El pago es mensual
Voy ha enviarle un burofax para que deje la vivienda en un plazo de 2 meses (no se si deberia darle mas o menos)
¿Que tramites legales he de realizar en el caso de que no se quiera marchar de la vivienda?
Feliz noche, se puede notificar a la persona que arrendó un local comercial que no se le va a renovar el contrato porque está moroso por dos meses, o indíqueme que puedo hacer al respecto, bien sto es con la ley de uso comercial, es decir la vigente, esperando su res puesta por favor…
Buenas tardes, tengo un edificio con 6 viviendas alquiladas cada una en 600€/mes menos una, cuyo inquilino, con renta baja y sin revisar paga 480€/mes y que en mayo de 2018 firmó el contrato de alquiler de un año prorrogable hasta 3 años, es decir hasta 2021. Después de esto, según contrato, se prorrogaría otro año más si no había notificación por las partes, es decir hasta mayo de 2022 prórroga incluida. Tampoco hubo notificación en mayo de 2022. Según contrato, el inquilino debía dejar la vivienda después de los 3 años más el año de prórroga pero siguió en ella pagando los 480€ hasta la actualidad. Ahora quiero actualizarle la renta como al resto de inquilinos que tengo en el mismo edificio haciendo un nuevo contrato pero se niega. ¿Puedo enviarle burofax con 30 dias de antelación sobre mayo de 2023 resolviendo el contrato si ya pasaron los 4 años que figuran en el contrato? Gracias por adelantado
Hola Eugenio, si el contrato se firmó en 2018, efectivamente el plazo legal ha transcurrido, por lo que habría que preavisar al inquilino comunicando tu voluntad de no renovar el contrato de alquiler.
Si tienes dudas o quieres que revise el contrato, puedes pedirme una consultoría aquí:
https://www.modelosycontratos.com/consulta-abogado-alquiler/
Un saludo.
Buenas tardes, tengo un inquilino con renta sin revisar que en mayo de 2018 firmó un contrato de alquiler de un año prorrogable hasta 3 años, es decir hasta 2021. Después de esto, según contrato, se prorrogaría otro año más si no había notificación por las partes, es decir hasta mayo de 2022 prórroga incluida. Tampoco hubo notificación en mayo de 2022. Ahora quiero actualizarle la renta pero se niega por la nueva ley que no me permite subirle tanto como para igualarla como al resto de inquilinos que tengo en otros pisos en el mismo edificio. ¿Puedo enviarle burofax con 30 dias de antelación sobre mayo de 2023 resolviendo el contrato si ya pasaron los 4 años que figuran en el contrato? Gracias por adelantado
Respondido en el comentario de arriba.
Hola buenos días,
tengo un inquilino que se le renovó el contrato de alquiler en mayo de 2020
Ahora tengo la necesidad de recuperar mi vivienda por razones personales.
Podría comunicárselo ahora sin esperar al mes de mayo? y cuanto tiempo le tengo de dar,
muchas gracias
Alicia
Hola Alicia, en este post explico las claves para desalojar al inquilino por necesidad:
https://www.modelosycontratos.com/como-echar-inquilino-necesito-piso/
Puede comunicar la necesidad en cualquier momento, siempre que se haya cumplido el primer año de contrato.
Un saludo.
buenas noches en septiembre del corriente año finaliza mi contrato de alquiler. quisiera saber cuanto tiempo antes debe comunicarme el propietario la no renovación de dicho contrato. de no haber ninguna comunicacion que puedo hacer. muchas gracias
Buenos días, mi consulta es la siguiente:
Estoy en una casa de alquiler sin contrato desde Octubre de 2017, la casa es de un amigo de unos familiares mios, en un principio nunca se estipulo ni plazo mínimo, ni máximo de alquiler, sólo la cuota mensual sin contrato xq según el propietario si me hacía un contrato tenia que aplicarme el IVA cuando de todos es sabido que los alquileres no llevan ningun IVA, en fin, yo al no tener contrato le pago las mensualidades y gastos a través de mis familiares para que no haya ningun tipo de problema a la hora de si he pagado o no he pagado, nunca le he dejado de pagar una cuota, ni si quiera en la época en la que hemos pasado y estamos pasando, mi situación como la de muchos ha empeorado con el covid y la crisis y aun así, yo sigo pagando religiosamente cada mensualidad, he hecho mejoras en la que es mi vivienda habitual desde hace 5 años y ahora resulta que el propietario quiere vender la casa y a mi no me lo ha notificado ni por escrito, ni por email, ni por nada, han sido mis familiares a los que les ha dicho que esa es su voluntad y que tengo que abandonar la vivienda sin ni siquiera ofrecermela a mí primero.
El propietario no tiene necesidad de la vivienda para el o algún miembro de su familia, pues esta soltero sin hijos y vive en la que ha sido su casa toda la vida.
Mi situación es bastante complicada a dia de hoy pues no puedo optar a otra vivienda pues los precios estan por las nubes y tras la pandemia y varios problemas personales tengo reconicida hasta las asistencia jurídica gratuita dada mi situación de vulnerabilidad.
Mi pregunta es, tiene que notificármelo por escrito a mi? En que plazo? Dado el tiempo que llevo viviendo aqui, a pesar de no tener contrato y ser mi domicilio habitual demostrable por cualquier persona que me conozca, entiendo que en plazos y renovaciónes me rijo por la misma normativa que si tuviera contrato, cual sería mi situación de renovación?
Yo no me niego a marchar y mientras este viviendo aquí no le dejaré de pagar, pero claro está que necesito tiempo para que mi situación personal, laboral y economía mejore, puede obligarme a marchar?
Que derechos tengo a pesar de no tener contrato llevando el tiempo que llevo viviendo aquí y pagando religiosamente cada cuota sin faltar ni retrasarme jamás en ningun pago?
Hola , buen día. Una consulta para dejar el local donde alquilo,una vez informado al propietario, tengo hasta fin de mes para dejar?? O hasta el 20 del mes por no haber realizado la actualización de garantía, como dice la dueña?? Es así, como dice ella??
Hola Silvina, en tu caso, será lo que establezca el propio contrato de alquiler, pues si es un arrendamiento de local prevalece lo acordado por las partes.
Un saludo.
Hola Tito,
Mi contrato finaliza el 04.06.2022 después de 2 prórrogas extraordinarias.
El trato es con las hijas de los propietarios y en ocasiones anteriores, ellas manifestaban interés de hacer nuevo contrato pero añadiendo clausulas abusivas y cambiando precio (que al ser en Cataluña, había limitación de precio y no era legal). Y por ello cogí las prórrogas extraordinarias.
En esta ocasión, volvieron a hacer lo mismo escribiendo informando que se acababa contrato pero dando a entender negociación como anterior ocasión. Les respondí, pero anularon la Ley de limitación de precios y ya no dijeron nada.
Posteriormente, recibí aviso de correos conforme me habían intentado notificar un burofax y no estaba en casa y que me avisarían cuando pudiera ir a recogerlo y nunca llegó ese día.
Recibiendo en fecha 05.05.2022 correo de las hijas enviandome el burofax por correo electrónico. Por lo que el burofax nunca fue notificado y el correo-e con el contenido de éste, se envió cuando quedaba ya menos de 1 mes.
Mi pregunta es:
– Qué debe poner exactamente el correo avisando fin contrato? Porque el que me hicieron anterior era ambiguo y parecía que era un inicio de negociación (como en anteriores ocasiones).
– Es valido a todos los efectos el correo (igual que el burofax)? *Entiendo que si enviaron un burofax es porque ellas mismas entendían que no era válido o que no quedaba claro que ya no se renovaba.
– Por último, es válido que sean las hijas las que efectúen las comunicaciones conmigo? Dado que los padres son mayores, pero no están incapacitados.
Busco alegar que la comunicación no es valida o que no se hizo con la antelación suficiente.
Muchas gracias.
Hola Ana, te respondo a tu consulta:
1.- El aviso de no renovación debe ser por escrito y claro, comunicando la voluntad del arrendador de no renovar el contrato al término del mismo o de la prórroga actual.
2.- Si en el contrato han sido declarados los correos electrónicos de las partes, serán válidas las comunicaciones electrónicas y el burofax electrónico sería correctamente enviado.
3.- No veo ningún impedimento a que las hijas se comuniquen contigo para realizar las negociaciones del contrato, siempre que las comunicaciones o escritos sean firmados por los arrendadores.
Espero ayudarte a resolver tus dudas y que ahora puedes tomar la decisión correcta.
Un saludo.
Hola Buenas tardes soy arrendataria de un apartamento y deseo notificarle a la agencia de arrendamiento la no renovacion de mi contrato como lo debo de hacer o como debo de redactar la carta mi contrato de arrendamiento va hasta el 30 de septiembre del 2022
Hola Valentina, te dejo aquí el enlace al modelo que necesitas para comunicar al arrendador tu voluntad de no renovar el contrato cuando éste se termine, el día 30 de septiembre de 2022.
✔️ https://www.modelosycontratos.com/carta-comunicar-casero-no-renovar/
Para cualquier duda con el escrito, no dudes en consultarme.
Un saludo.
Hola
Firmé un contrato de arrendamiento por un piso en febrero de 2018. Hemos vivido en el piso durante 4 años. El propietario nos comunicó su deseo de renovar el contrato según la nueva ley de arrendamiento y fijó un aumento razonable en la renta, enviando por email, el nuevo contrato para la firma. Sin embargo, hemos conseguido un piso mejor por un precio similar y hemos decidido no firmar el nuevo contrato. El punto es que debemos quedarnos por lo menos un mes y algunos días en el piso hasta que nos entreguen el nuevo. Lo hemos comunicado verbalmente al propietario y ha estado de acuerdo. Hemos pagado la renta de febrero 2022 al nuevo precio estipulado por el propietario. Es conveniente formalizar nuestro deseo de no firmar el nuevo contrato? Pudiese ser por e mail?
Qué más debemos hacer para concluir con nuestro arrendador?
Hola María, en tu caso, sí que es recomendable firmar un Anexo al contrato, en donde quede estipulado el plazo de la prórroga del mismo (por un mes y los días que sean) al nuevo precio pactado.
De esta forma no habrá forma de que el propietario exija cualquier clase de penalización por desistimiento anticipado de contrato, pues al pagar el primer mes podría entenderse prorrogado el mismo.
Te voy a dejar un modelo que necesitas para este caso:
✔️ https://www.modelosycontratos.com/producto/prorroga-alquiler-con-modificacion-renta/
Si tienes alguna otra consulta, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Buenos dias de nuevo y te puede dejar el piso sin sofas y cama cuando se vaya? si tu se lo has dejado con sofas y cama me suena que lei por algun lado que no puede hacerlo que te tiene que dejar unos minimo en las condiciones que se lo dejaste tu. Entonces si por ejemplo le pones una lavadora nueva y a los 10 años se rompe y no tiene arreglo a quien le pertenece comprar la nueva? gracias
Hola Martin, en respuesta al ejemplo que comentas, le corresponde al propietario reparar o reemplazar la lavadora, pues es un elemento de la vivienda necesario para mantener las condiciones de habitabilidad que establece la LAU.
Un saludo.
Muchas gracias cuando lo alquile le deje 2 sofas y somnier y colchon de matrinonio en buen estado y a los 10 años de alquiler me dijo que ya estaban en mal estado los sofas y somier+colchon y que iba a tirarlos e iba a comprar nuevos, ahora 2 años despues si tuviera que dejar el piso supongo que al comprarlos ella se los va a querer llevar, pero entiendo que por ley a mi no me puede dejar sin sofas ni cama y tendria que dejarme esos o unos minimo en las mismas condiciones de cuando le alquile el piso, estoy en lo cierto? gracias de antemano
Hola Martín, si los sofás y somier nuevos los compró la inquilina, tiene todo el derecho a llevárselos.
Es obligación del propietario reponer el mobiliario en mal estado, para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad.
También es cierto que la inquilina deberá devolver la vivienda en el mismo estado en que la recibió, pero podría obligarte a pagar los daños que ella tuvo que reparar (por ejemplo, el colchón).
Una vez que hayas comunicado al inquilino la carta de no renovación, te recomiendo que, al momento de la entrega de llaves, firméis un documento de finalización de contrato, para evitar reclamaciones futuras por cualquiera de las partes.
Un saludo.
Perdona Tito, respondí a Martin y luego vi tu comentario.
Totalmente de acuerdo con tu punto de vista.
Hola Ana, me parece genial que respondas a los comentarios de los lectores y que des tu punto de vista.
Espero verte activamente por los comentarios del blog.
Un saludo.
Pues no tengo claro que el inquilino te tenga que renovar el mobiliario del piso 10 años después.
Precisamente porque son 10 años y no 4 días. Una cosa es por hacer mal uso. Pero eso sería un desgaste natural de los elementos. Especialmente el somier y el colchón que dicen que hay que renovarlo cada 10 años.
Hola alquile un piso en febrero del 2010 en 450€ antes que se cumplieran los 3 años me pidió rebaja y rebaje a 400€ en la pandemia me volvió a pedir rebaja y baje a 350€ mi sorpresa fue cuando mire precios y vi que estaban sobre 550-600€ con lo que después de estar pagando casi un año 350€ le dije de subir al precio de origen 450€ y me dijo que no lo veía y no era el momento y le dije pues me pagas 400€ hasta final de año (de julio a diciembre) y a partir de enero 450€ y me dijo yo pago 400€ y a final de año ya hablaremos, le mande un anexo con las nuevas condiciones 400€ hasta diciembre y 450€ a partir de enero y no lo firmo ni me contesto y no me ha dicho nada a final de año y en enero me ha ingresado 400€ y no estoy dispuesto en alquilar en 400€ con lo que quiero dar por finalizado el contrato, el contrato va a cumplir 12 años y no se ha renovado solo se hizo 2 anexos en las bajadas de precio, entiendo que esta en tacita de reconduccion y el contrato pone que se alquila por un renta mensual de 450€ con lo que entiendo que yo cada mes puedo dar por finalizado el contrato, también he visto por Internet que con la ampliación del estado de alarma los contratos que terminan antes de l 28 de ferrero del 2022 el inquilino se puedo acoger a quedarse 6 meses mas, eso no se si me afecta a mi al estar en tacita, de todas formas había pensado mandar un burofax para que dejara la vivienda el 1 de marzo, estoy procediendo correctamente o tendría que esperar al 1 de marzo por el tema del covib? Por otro lado me podías adjuntar el documento de no renovación de contrato cuando esta en tacita de reconduccion y gracias de antemano.
Hola Martín, efectivamente, por lo que entiendo de tu comentario, tu contrato de alquiler se encuentra en estos momentos en tácita reconducción. Por tanto, tendrás que comunicar al inquilino la no renovación del contrato en tácita reconducción, con efectos el 1 de marzo de 2022.
Para ello, te dejo a continuación enlace al modelo para no renovar tu contrato de alquiler:
✔️ https://www.modelosycontratos.com/producto/carta-comunicar-fin-tacita-reconduccion/
Un saludo.
Entonces si me hubieran avisado con el mes de preaviso sí hubieran podido echarme? Quiero estar segura para cuando vayamos hablar con ellos poder defendernosncon conocimiento.
Si la fecha de terminación del contrato de alquiler de vivienda es el 30/11/20 (como pones en el comentario anterior), el propietario debió haberte avisado con un mes de antelación a dicha fecha para comunicarte la no renovación del contrato.
Si el propietario te hubiera comunicado la no renovación antes del 30/10/20, entonces sí hubiera podido echarte con motivo de la terminación del contrato.
Un saludo.
Buenas tardes!!
Llevamos 6 años viviendo de alquiler ,la semana pasada recibimos un escrito de la propietaria diciendo que no nos renueva el contrato el día 30.11.20. Es muy poco tiempo. Que podemos hacer? Nos puede rescindir el contrato estando el estado de alamar?
Muchas gracias.
Hola Laura, la ley exige al menos UN MES de preaviso para comunicar al inquilino la no renovación del contrato de alquiler de vivienda (con la actual modificación de la LAU son CUATRO MESES)
Teniendo en cuenta que la carta de no renovación del contrato de arrendamiento ha sido comunicada fuera de plazo, el alquiler se prorrogaría un año más (prórroga necesaria).
En estos momentos no tenemos nueva normativa sobre los alquileres en estado de alarma, excepto la del primer estado de alarma, cuando se permitió la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler por 6 meses.
Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Hola! tengo una duda…. Mi casero ha vendido el edificio (tiene el edificio alquilado por viviendas). El chico que lo ha comprado nos ha dicho que tenemos que irnos. Nuestro contrato es hasta marzo de 2021. Le preguntamos cuando teníamos que marcharnos, nos ha dicho que cuanto antes.
Cuánto tiempo tenemos para irnos? Podemos estar hasta que se nos termina el contrato de alquiler o no?
Gracias
Hola Sarai, el contrato de alquiler no se termina por la compra del edificio. El comprador de las viviendas pasará a ser el nuevo arrendador, por lo que podrás estar en el piso hasta el final de la duración del contrato.
Si todavía tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Buenas noches, tengo arrendado un segundo y tercer pisos para un jardin de ICBF, a raíz de la pandemia yo les desconté un mes completo de arriendo 1. 500.000, y a parte como no podían pagar completo se hizo un acuerdo escrito donde se les descontó en junio y julio 500.000 respectivamente y firmamos una letra de un millón para pagar en marzo del 2021. esto se hizo acudiendo al llamado que hizo el gobierno de firmar acuerdos con los inquilinos. Pero a la fecha ellas ya no quieren pagar el canon completo de 1.500.000 si no solo de un millón. no se que hacer? les pido?, o si hago otro acuerdo que validez tendría este?, o finalmente puedo perder esos dineros y aparte seguir con esta situacion el otro año por no pedirles…. además el contrato es mancomunado, ósea firmaron tres personas. Agradezco tu orientación.
Hola Luisa, muchas gracias por utilizar http://www.modelosycontratos.com.
Te informo que esta web es española y los asuntos legales que tratamos se rigen por la legislación de España.
Te sugiero realizar tu consulta en un foro de abogados de tu país.
Un saludo.
Buenas tardes:
Tengo alquilado un local comercial como arrendadora que vence el día 1 de Noviembre y no quiero renovar por incumplimiento en el pago de las rentas. ¿Debo comunicar el motivo de no querer renovar? ¿Tengo plazo para comunicárselo vía burofax (ya lo he hecho el día 1 verbalmente)?
Hola Francisca, en este caso, y a diferencia de los alquileres de vivienda, habría que mirar lo que pone el contrato sobre los plazos para realizar estas comunicaciones.
De todas formas, lo que yo haría en este momento, además de la comunicación verbal, sería enviarle al inquilino un escrito comunicando la no renovación del contrato a la fecha del vencimiento (1 de noviembre).
El escrito puede ser enviado por correo electrónico, whatsapp, o mediante la forma que suelen comunicarse las partes, o también se puede entregar directamente en persona. Así evitas gastos de burofax.
Si quieres que me encargue de la redacción del escrito, escríbeme a tito@modelosycontratos.com.
Un saludo.
HOLA BUENAS TARDES. HE RECIBIDO EL 1-10-2020 UNA NOTIFICACION DE RECOGIDA EN CORREOS ( POR AUSENTE ) DE UN BUROFAX DE LA EMPRESA S.L. QUE ME ALQUILA EL PISO DONDE VIVO. EL CONTRATO SE FIRMO EL 1-11-2013. QUE OCURRE SIN NO VOY A RECOGERLO Y SE PASAN LOS 30 DIAS DE PREAVISO. EL GERENTE DE LA SOCIEDAD SEGUN ME HA COMINICADO SU SECRETARIA QUIERE VENDERLO Y ME TIRA A LA CALLE. YO NECESITO MAS TIEMPO PARA BUSCAR NUEVO PISO Y TRASLADARME. MUCHAS GRACIAS
Hola Miguel, un burofax deja constancia, no solo de la notificación, sino también del contenido. Si te niegas a recibir un burofax, el remitente (el arrendador) podrá demostrar cuál era el contenido de dicha comunicación, aunque el inquilino se haya negado a recoger el burofax.
Mi sugerencia es que recojas el burofax, ya que las consecuencias pueden ser peores si no lo haces.
Un saludo.
Hola buenas tardes, tengo rentado un espacio para clases los contratos tienen duración de un año vence el 31 de diciembre, este año es el untimo, con cuato tiempo tengo que avisar que no renovaremos para el siguiente año
Hola Jazmin, de tu comentario entiendo que tu contrato es distinto del de alquiler de vivienda habitual.
Siendo así, tendrás que mirar lo que pone tu contrato de alquiler sobre los plazos de preaviso para realizar estas notificaciones, ya que regirá lo que hayan estipulado las partes.
Si tienes cualquier duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Buenas. He heredado un piso que está alquilado y los arrendadores son mis padres que han muerto. Se firmó en el 2014. No quiero renovarles el contrato de alquiler. Que tengo que hacer? Con cuánto tiempo les aviso para que se vayan? Tengo que justificar que soy la nueva propietaria? Donde puedo descargarme un modelo para mandárselo?
Hola Rous, en este caso, cuando muere el arrendador de la vivienda, la persona que reciba en herencia la plena propiedad de la vivienda será su nuevo arrendador.
El contrato de alquiler seguirá vigente exactamente igual que como se firmó en su día.
Por tanto, para desalojar a tus inquilinos, tendrás que esperar a la finalización del contrato o la prórroga actual, avisando con un mes de antelación tu voluntad de no renovar el contrato.
En este enlace podrás descargar el modelo:
✅ https://www.modelosycontratos.com/producto/descargar-carta-no-renovacion-inquilino/
Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Hola gracias por responder, te comento que le contrato solo menciona las fechas de inicio y de termino y no comenta nada de una renovación, tendría algún problema para para no renovarlo?
Hola, Tito
El contrato de mi inquilino se firmó el 1 de enero de 2017, osea que ha cumplido sus tres años de vigencia y actualmente se encuentra en el cuarto, es decir, en un año de prórroga. ¿Puedo comunicarle en plazo mi intención de no concederle un nuevo año de prórroga y darlo por finalizado para acto seguido firmar con ese mismo inquilino un nuevo contrato actualizando las condiciones y la renta si él está de acuerdo?
Muchas gracias de antemano y un saludo.
Hola Julia, sí que es posible, pero ten en cuenta que si firmas un nuevo contrato de alquiler, el inquilino adquiere los nuevos derechos que le otorga la LAU, sobre todo los relacionados con la duración mínima del arrendamiento (5 años) y las prórrogas (3 años).
Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Hola , mi inquilino termina su contrato en junio 15 quiero saber si puedo mandar una carta a ella y dar por terminado el contrato xk alguien me comentó que por lo que está pasando de covid 19 no debo.
Hola María, el aviso para no renovar el contrato de alquiler de vivienda se debe enviar con al menos un mes de antelación a la fecha de finalización. El inquilino se puede acoger a la prórroga extraordinaria de 6 meses a causa del COVID-19, pero no es automático, lo debe solicitar el inquilino.
Si tienes alguna duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Hola,
he alquilado un piso con un contrato de 6 meses, aunque de palabras habíamos comentado con la dueña que lo haríamos por más tiempo, ya que en mi caso estaba interesado por larga duración.
10 días antes de la finalización del contrato me dice que no me renovaría. ¿Cuáles son mis derechos con respecto al tiempo de aviso? Actualmente por la situación del Covid, además no hay disponibles tan fácilmente alquileres. ¿Cómo puedo protegerme antes de que llegue el día de dejar el piso y no haya conseguido nada?
Desde ya muchas gracias por la respuesta.
Un saludo
Hola Jose, en tu caso, tienes la opción de solicitar a la dueña una prórroga extraordinaria del alquiler a causa del estado de alarma provocado por el Coronavirus.
Te recomiendo leer el siguiente post donde explico cómo se solicita la prórroga:
✅ https://www.modelosycontratos.com/prorroga-contrato-alquiler-estado-alarma
Si tienes cualquier duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Buenos días: Soy propietaria de un piso. El contrato de alquiler se firmó el 28 de febrero de 2017, con una duración anual, prorrogable hasta los tres años. Soy consciente de que ha cambiado la Ley y que el inquilino ahora tiene derecho a permanecer en el piso 5 años, pero al ser un contrato firmado anteriormente a dicho cambio…¿puedo finalizar el contrato al cumplirse solo 4 años del mismo? Es decir: ¿si se lo comunico con tiempo, podría informar a la inquilina del cese del contrato el 1 de marzo de 2021? ¿El cambio en la extensión del plazo mínimo de 5 años afecta también a aquellos contratos firmados en el año 2017? Muchas gracais
Hola Abril, el cambio de la ley del alquiler en relación a la duración del contrato (5 años) no afecta a tu contrato de arrendamiento de vivienda, por ser anterior al 6 de marzo de 2019, fecha de la modificación de la LAU.
Por tanto, no tendrás ningún problema en finalizar el contrato cuando se cumplan los 4 años.
Para ello, comunica al inquilino tu voluntad de no renovar el contrato de alquiler con 30 días de antelación.
Si tienes cualquier duda, por aquí me encuentras.
Un saludo.
Hola Tito, le mandé a mi inquilino el aviso para no renovar el contrato que se termina el 30 de mayo de 2020 pero me responde que no se marcha, que tiene derecho a quedarse seis meses por el tema del coronavirus.. es cierto eso? Muchas gracias
Hola Pedro, es por la entrada en vigor de las medidas urgentes sobre el alquiler que aprobó el gobierno, y que permite una prórroga extraordinaria del contrato por 6 meses durante el «estado de alarma» por el coronavirus.
En tu caso, si el contrato de arrendamiento se termina el 30 de mayo, el inquilino podrá prorrogarlo hasta el 30 de noviembre de 2020, como máximo. Y como propietario deberás aceptar la solicitud de prórroga.
Por tanto, el aviso de comunicación de no renovación del alquiler no tendrá efectos si el inquilino quiere permanecer en la vivienda durante esta situación, y como digo, por un período máximo de 6 meses.
Un saludo.
Hola, he enviado el burrofax a la inquilina, y ella no quizo recogerlo. Contrato ya cumplo un año de alquiler.
ahora mismo el burrofax esta en la oficina de correos. Que debo hacer para echar a los inquilinos?
Cual es mi siguente paso? Tengo que denunciarla a la policia ? Muchas gracias, espero tu respuesta.
Tengo cumplido 3 anos y tengo que salir el piso yo quero salir pero no I pisos. Yo tengo una nina de 5 Amos si no tengo donde para alquiler quando mi llega la fetcha de salir mi puedo obligar or mi tien que decar Shasta lo enquentro otro
Hola Lucy, lamento tu situación y espero que puedas encontrar pronto una solución al problema de alquiler.
En respuesta a tu consulta, si se han cumplido 3 años y el contrato se ha terminado, deberás abandonar el piso si el propietario te ha comunicado por escrito la no renovación del alquiler. De lo contrario, el contrato se renueva un año más.
Tu abogado online.
buenos dias,
tengo un piso con una inquilina que me debe el mes de junio, julio y medio embargo, su contrato finaliza el 1 de septiembre de este año, le voy a comunicar por burofax la no renovacion automatica del contrato, mi pregunta es, tendria que poner dos burofax uno por la no renovacion y otro por el importe que me debe, o en el mismo burofax puedo poner las dos cosas??
muchas gracias,
Hola Chari, en el burofax para comunicar al inquilino la no renovación del contrato no es necesario exponer los motivos, ya que tienes derecho a finalizar el contrato por causa del vencimiento del arrendamiento. No obstante, para dejar constancia, puedes mencionar el importe la deuda.
Por otra parte, cuando llegue el momento de la entrega de llaves, te sugiero firmar un documento de finalización de contrato con reconocimiento de deuda, donde quede prueba de que el inquilino deja el piso con deudas.
Los modelos que necesitas son los siguientes:
Burofax para notificar la no renovación del contrato:
https://www.modelosycontratos.com/producto/descargar-carta-no-renovacion-inquilino/
Documento de entrega de llaves y finalización de contrato:
https://www.modelosycontratos.com/producto/descargar-documento-entrega-llaves-alquiler/
Tu abogado online.
Buenas tardes tengo unos inquilinos van a cumplir el año de arriendo no quiero q continúen pero tampoco le hicimos contrato todo fue por contrato verbal q debo hacer y cuanto tiempo tengo para q me desocupe
Gracias
Hola Pilar, envía un escrito al inquilino notificando la terminación del arrendamiento y la no renovación.
El contrato verbal, si no se ha establecido plazo, se entiende celebrado por un año.
Debes preavisar al inquilino con 30 días.
Si tienes dudas con la redacción del escrito, podrás descargarte el modelo aquí:
https://www.modelosycontratos.com/producto/descargar-carta-no-renovacion-inquilino/
Nos vemos online.
Buenas tardes,
Soy inquilino de un piso desde el 5 de mayo de 2016(el día 4 de mayo de 2019 haré 3 años en el inmueble). El pasado 11 de abril recibí un burofax de esa misma fecha en la cual, el arrendador (el cual es una sociedad limitada)solicita que por motivos de venta no va a prorrogar el contrato un año más.
En el contrato que firmamos pone que el alquiler es hasta el 4 de mayo de 2017 y que pasado ese día se irá renovando y modificando el predico de alquiler año tras año basándose en índice de precio de consumo.
Mi duda es:
Al haberme notificado sin los 30 días naturales, automáticamente el contrato se prorrogará un año más hasta el 4 de mayo de 2020? Gracias.
Hola Álvaro, si el arrendador te ha comunicado la no renovación del contrato con menos de 30 días de antelación a la fecha del fin del contrato, el arrendamiento se prorroga necesariamente un año más.
Tal y como establece el artículo 10 de la LAU, esta prórroga es automática. Es decir, si el contrato alcanza los 3 años de duración y ninguna de las partes comunica a la otra su voluntad de no prorrogar el contrato al menos con 30 días de preaviso, el contrato se prorroga 1 año más.
Por tanto, la notificación realizada por Burofax pierde eficacia al realizarse fuera de plazo y podrás permanecer en la vivienda otro año.
Nos vemos online.
Buenas tardes,
Soy propietaria de una casa que tengo alquilada desde 2016. Quiero finalizar el contrato con mi inquilino ya, pasados los 3 años que firmamos en el contrato de arrendamiento. Pero con la modificación de la ley de arrendamientos ahora se establece un mínimo de 5 años de arrendamiento. Sigue siendo legal darlo por terminado a los 3 años que es lo que firmamos? O debo esperar hasta pasados los 5 años para finalizar nuestro contrato? Gracias
Hola Ana, la nueva ley de arrendamientos de 2019 no afecta a tu contrato. Las últimas modificaciones de esta ley se aplican a los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019.
Es decir, podrás finalizar el contrato de alquiler cuando se cumplan los 3 años.
Para ello, deberás preavisar al inquilino con 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato.
Si tienes dudas con la redacción del escrito, podrás descargarte el modelo de no renovación del alquiler de vivienda en este artículo.
Nos vemos online.
Buenos días.Tengo un contrato de 3 años , firmado el 1 de junio del 2017.
Recibo una llamada de la inmobiliaria de que el casero ha discutido con la mujer y que se va separar y necesita la vivienda..Me ha dado 2 meses para abandonarla. Es legal,tiene que haber una sentencia de divorcio en firme?O tengo que fijarme de su palabra?
Un saludo
Hola Nikolay, el casero tiene derecho a recuperar la vivienda por necesidad sin tener que demostrar las razones que justifican el desahucio.
Con las últimas modificaciones de la ley de arrendamientos urbanos de 2019, a partir de ahora sí que se exige que el casero especifique la causa de necesidad de vivienda, pero en tu caso se aplica la legislación anterior.
Te han dado 2 meses de plazo para abandonar la vivienda, lo cual es legal, y como te comentaba más arriba, no es necesario que el propietario tenga que probar nada, ni que haya sentencia de divorcio.
Tendrás que aceptar su palabra, pero si en el plazo de 3 meses el propietario no realoja la vivienda, tendrás derecho a volver al piso y/o exigir una indemnización por los perjuicios que el desalojo te haya causado.
Nos vemos online.
Hola, necesito que el inquilino desde el 21 de abril de 2010 deje su vivienda para uno de mis hijos. ¿Con el burofax es suficiente?
El inquilino se negó
Hola Belén, tendrás que enviarle al inquilino un burofax notificando la necesidad de vivienda del hijo del arrendador.
El inquilino tendrá 2 meses para dejar libre la vivienda.
Te recomiendo esta lectura donde explico detalladamente cómo recuperar una vivienda por necesidad:
https://www.modelosycontratos.com/2016/05/recuperar-vivienda-alquiler-necesidad-propietario/
Nos vemos online.
Hola
Tengo una vivienda arrendada.El contrato se firmó en marzo de 2015.En 2019 finaliza la prórroga de un año y tengo que avisar a la inquilinade que se acaba el contrato y necesito disponer de mi vivienda.Mi pregunta es si puedo avisarle mediante una carta que firmemos los dos es válido o si es necesario un buró fax con acuse de recibo y reconocimiento de texto?
Gracias
Hola Carlos, deberás comunicar al inquilino la finalización del arrendamiento con 30 días de antelación al vencimiento del contrato o cualquiera de sus prórrogas.
Si el inquilino firma la comunicación de no renovación, el aviso es perfectamente válido y no haría falta enviar el burofax.
Desde este artículo podrás descargar el modelo para comunicar al inquilino el fin del contrato del alquiler.
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hola,hace unos 5 años nos embargaron la casa,el banco nos facilito la misma casa como alquiler social,la firma fue un noviembre,este dic no nos cobraron el alquiler por el banco y vino un hombre que queria ver la casa y ver quienes vivian (supuestamente venia de parte de la propiedad que es anticipa) y segun el,anticipa ,como dueño no querian renovar el contrato xq ganarian mas dinero alquilandolo a otros en lugar de a nsotros cmo alquiler social …la cosa es que dice que habia una ejecucion este 20 de dic para hecharnos…y le dije como puede ser…!?si no nos llego ningun burofax ni carta de aviso…?!y el hombre me dijo que intentaron contactar cn nosotros pero les devolvian las cartas como desconocido…(¿cosa q no entendi porque vivimos en la casa!!) total..queria preguntar que pasos dar? no me cobraron este mes…puedo ir a ingresarlo a ellos?les dije q a mi madre la echaron del trabajo con 62 años y yo ahora tengo a mi mujer viiviendo cn nosotros y tenemos una niña de 1 año y medio…que derechos tenemos??porfavor ayudadme..gracias!
Hola Lorenzo, te envío por correo el contacto del despacho para valorar tu caso e informarte que opciones legales tienes para defender tus intereses.
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Buenas tardes, si en el contrato de alquiler aparecen tres personas como inquilinos debo enviar un Burofax a cada uno?
Hola Eduardo, lo que yo hago siempre es enviar el burofax a cada uno de los inquilinos que figuran en el contrato de alquiler. Más teniendo en cuenta si se trata de una carta para comunicar al inquilino la no renovación del contrato. Cada uno de los arrendatarios debe recibir la notificación fehaciente, de lo contrario, puede darse el caso de que alguno de ellos no se de por enterado.
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Buenas tardes, llevo de alquiler 4 años y la propietaria quiere que le deje el piso, de momento no he recibido notificación y si la recibo es con menos de 15 días de la fecha de contrato (se hizo el primero y nunca se ha renovado por escrito), mi pregunta es si se renueva por otro año o al haber pasado más de tres años es diferente.
Hola Federico, tendrías que mirar el contrato original del alquiler del piso y ver si se ha establecido alguna cláusula en relación a la prórroga del contrato. Si no hay pactos en este sentido, el arrendamiento continuará por tácita reconducción durante el tiempo por el que se haya establecido la renta de alquiler en el contrato. Es decir, el nuevo contrato por tácita reconducción tendrá una duración de un día, de un mes o de un año, dependiendo de como se haya establecido el alquiler en el contrato original.
Te recomiendo la lectura de este post donde explico detalladamente qué es la tácita reconducción:
https://www.modelosycontratos.com/tacita-reconduccion-contrato-alquiler/
Al haber cumplido los 3 años de prórroga obligatoria y 1 año de prórroga necesaria (3+1), el casero puede comunicar al inquilino la no renovación del alquiler.
Nos vemos online.
Gracias Tito por tu pronta contestación, mi duda sigue un poco en el aire, te concretó mejor el caso.
El contrato de alquiler es anual, comenzó el 01 de octubre de 2014 nunca se ha renovado (todas las mensualidades pagadas sin demora alguna), el problema es que el otro día me comentó que quería una subida en el alquiler (cosa que yo aceptaría) pero con la condición que le dejará el mes de agosto para su disfrute, luego en septiembre yo volvería a la vivienda. Yo tengo una familia con dos niños pequeños y no veo correcto tener que vaciar la casa por un mes. Mi idea ahora es buscar vivienda para comprar, pero mientras encuentro quiero tener la tranquilidad de si mi contrato actual se puede haber renovado automáticamente o tengo que aceptar el nuevo contrato con las condiciones que me propone la propiedad. Como comenté al principio no he recibido ni el nuevo contrato ni la solicitud de no renovar, todo fue en una mera conversación.
Hola Federico, en caso de aceptar un nuevo contrato con una subida de renta, volverías a tener el derecho de permanecer en la vivienda otros 3 años más, sin que el arrendador se pueda oponer. Tampoco tendría derecho el casero a pedirte que desalojes la vivienda durante un tiempo para su uso y disfrute.
Aunque no haya ningún escrito de por medio, tu contrato se ha venido renovando automáticamente por plazos anuales, y si el contrato original no dice otra cosa, a partir del cuarto año el arrendamiento continúa por tácita reconducción. La duración de este nuevo contrato por tácita reconducción dependerá de como se haya pactado la renta en el contrato inicial (por un día, por un mes, por un año…). Lo habitual es que sea por un año, pero debes comprobar lo que dice tu contrato.
Por último, y si te sirve de ayuda para ir buscando casa, debes saber que a partir del sexto mes, el inquilino puede poner fin al contrato comunicando su decisión de desistimiento al propietario con una antelación de 30 días. Esta decisión te saldrá gratis, salvo que en el contrato no se haya establecido penalización por desistimiento anticipado, que por ley no puede ser superior a una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.
Es un tema un poco complicado de explicar, pero espero que te haya quedado más claro.
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Buenos días, soy inquilina y al cumplir los 3 años de contrato me quieren hacer uno nuevo y aumentar el precio de la vivienda, me han notificado con menos de 30 días y por teléfono móvil, ¿por ley me puedo quedar otro año a ese precio? ¿cómo puedo yo demostrar que no me han avisado antes?
Hola Alba, si atendemos literalmente a lo que dice la ley, efectivamente el preaviso debe notificarse con un mínimo de 30 días de anticipación a la fecha del vencimiento del contrato de alquiler.
En este sentido, la ley dice que una de las partes debe notificar a la otra.
Entiéndase por notificar:
1. Comunicar a una persona de forma oficial.
2. Hacer saber una cosa a alguien siguiendo ciertas formalidades.
Por tanto, desde mi punto de vista, la comunicación de no renovación al inquilino debe realizarse por escrito y con un mínimo de treinta días.
En consecuencia, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
Por último, es el propietario o arrendador quien tiene que demostrar que la comunicación de no renovación al inquilino se realizó en tiempo y forma.
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Hola. Soy la propietaria de un piso y alquilé una habitación a un inquilino por 12 meses. El contrato acaba el 31 de agosto de este año. Como no deseo hacer contrato nuevo se lo he comunicado por burofax a su domicilio oficial, el que viene en su DNI y lo ha recogido su madre. Mi duda es que hoy revisando el contrato he visto que viene como domicilio a efectos de notificaciones el de la casa objeto del contrato. Tiene validez la notificación hecha? O tendría que hacerla obligatoriamente al domicilio objeto del contrato?
Hola Susana, la comunicación de no renovación al inquilino debe realizarse al domicilio que figura en el contrato de arrendamiento. En caso contrario, el inquilino puede darse por no enterado y la notificación pierde en validez.
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A demás de lo expuesto anteriormente, tengo conocimiento y pruebas que están incumpliendo el contrato ya que en el mismo se indica que no están permitidos los animales.
Esta vía sería más rápida para que se vayan ?
Alquile mi piso mañana hace un año y por razones de necesidad necesito ir a vivir ahí.
En el contrato se indica duración de 1 año, sin perjuicio del arrendatario a la prorroga del mismo conforme a lo dispuesto en el articulo 9 y 10.
Comunique hace exactamente un mes a la inquilina por vía email como indica en el contrato la no prorroga del contrato y me ha dicho que no va salir del piso.
Me han dicho desde la agencia que mande un burofax para Notificarme, y que tienen dos meses para salir, aún asi me temo que ni lo cojan el burofax.
Si mando el burofax que tiempo le tengo que dar otra vez de margen para que abandone la vivienda? Dicen que son dos meses pero solo leo que suele ser un mes. Es legal lo que está haciendo ? Estoy con mis dos hijos desde hace 2 semanas en casa de mi madre por que no tengo otro sitio donde ir.
Gracias de antemano.
Hola, soy propietario de un piso que he venido arrendando a la misma persona desde el 2006 hasta la actualidad. He ido haciendo contratos por temporadas de once meses hasta el 2011 y desde el 2012 hasta ahora los hacia igual pero de 12 meses. He leido un poco y creo que esto no es correcto pero realmente hemos firmado las dos partes cada año asi. Actualmente pasa por mi cabeza vender el piso porque necesito el dinero y me gustaria saber como notificar al inquilino para que deje el piso y realmente a que tengo derecho yo y la otra parte. Como dato dire que no hay fianza ya que la utilizo en una mala racha para pagar las mensualidades. Gracias por tu labor y saludos.
Hola buenas, a ver si puedes ayudarme, llevo casi 4 años de alquiler en un piso y el arrendador me envió un burofax certificado notificándome de la no renovación del contrato, porque no estaba interesado, no justifica otra causa, yo no quiero irme, no tengo mucho dinero para afrontar una nueva fianza de otro piso, solo necesito estar 5 o 6 meses más de alquiler hasta que pueda irme al piso que compré, que me entregarán a finales de año, además de una gran cantidad de inmuebles que fui comprando para amueblar la nueva vivienda ,si me quedo y le hago llegar el dinero del alquiler igualmente a pesar de que no me renueve? tengo algún tipo de derecho para poder quedarme hasta los 5 años? muchas gracias. Le dejé una fianda de 3200 euros. Si no pago las mensualidades basándome en que quiero que me quite les mensualidades de esta fianza? gracias
Hola Roberto, si el arrendador te notificó la no renovación del contrato de alquiler con al menos 30 días de antelación a la fecha de finalización del contrato, entiendo que no hay mucho que hacer para que puedas permanecer en la vivienda más tiempo.
Si los plazos se han cumplido correctamente, el propietario no está obligado a justificar la causa o los motivos para poner fin al contrato.
Tal vez podrías negociar con el propietario una prórroga por el tiempo que necesites, pero no te aconsejo quedarte en el piso si el arrendador se opone, pues te puedes enfrentar a un procedimiento de desahucio y a perder la fianza por tu incumplimiento.
Tampoco es buena la idea de pagar las mensualidades del alquiler con la fianza, ya que éste no es su cometido, y al igual que antes, el propietario podría demandarte.
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Soy propietaria de una vivienda que alquile por un periodo de cuatro años con posibilidad de prórroga por otros cuatro. Se firmó el 1 JULIO de 2014 .quisiera saber ,porque voy a enviarles burofax con preaviso si el contrato terminaría el 30 de junio o el 1 de julio, es decir desearía saber cuál sería la fecha de terminación. Y también si en la carta de preaviso que mandaré por burofax puedo citarlo para la firma del escrito de resolución y entrega de llaves. No deseo prorrogar
Hola Ana, tu contrato de alquiler terminaría el 1 de julio de 2018. En el escrito de preaviso para no renovar el contrato -que seguro ya has enviado- puedes señalar una hora para firmar el documento de terminación de contrato y entrega de llaves con el inquilino.
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Muchas gracias de nuevo Tito!
Gracias por responder.
Cómo hay que proceder en caso de enviar un burofax con acuse de recibo que el inquilino se niega a recoger sabiendo que es para notificar la finalizacion del contrato de alquiler? Ya que me temo que quieres hacer pasar el tiempo para acabar con los plazos…
Hola de nuevo. Si el burofax está remitido por el arrendador, con acuse de recibo y contenido, la notificación sería válida igualmente.
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Hola, en caso de querer actualizar el precio de alquiler de una vivienda aprovechando la finalización de contrato… ¿es necesario enviar burofax con aviso de fin de contrato actual y posteriormente enviar el nuevo contrato o se puede aprovechar el contrato actual y sólo actualizar el precio a pesar de que en éste se hagna referencia a que no habrá cambios de precio durante la duración del contrato?
Hola Yoyo, en caso de querer actualizar la renta, tendrías dos opciones: 1. Celebrar un contrato nuevo con una renta distinta. 2. Realizar un documento de prórroga pactando una modificación de la renta.
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Buenas tardes! He comunicado en persona al inquilino que necesito la casa para mi y mi hijo y me han dicho que o tienen donde ir porque está todo muy caro y no hay nada libre. Me han dicho que les haga un contrato nuevo por 6 meses con otra renta más cara. Este nuevo contrato invalida al otro que termina el 30 de Junio???.O es mejor comunicarles por burofax que tienen que irse?? Muchas gracias por su ayuda
Hola Karina, si realizas un nuevo contrato de alquiler, aunque sea por 6 meses, los inquilinos tendrán derecho a permanecer en la vivienda hasta 3 años. Y evidentemente ese nuevo contrato invalidaría el anterior.
Si quieres recuperar la vivienda para ti, te sugiero realizar la notificación al inquilino por Burofax (encontrarás un modelo en esta web).
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Buenas tardes ! Soy propietaria de un piso y lo tengo alquilado desde el año 2015 con un año de duración . En Octubre del 2016 hicimos otro contrato con las mismas condiciones y antes de que se le cumpliera el contrato en 2017 les comuniqué que necesitaba el piso y que no lo alquilaba porque lo necesito para mi ( es mi única casa y la alquilé por problemas económicos ). Ellos me pidieron que le hiciera un contrato de 9 meses y se le subia un poco el alquiler.. Se le cumple el contrato el próximo 30 de junio y ya me han dicho que no se van porq no tienen donde ir con tres niños . SOS . Que hago ?? Yo necesito mi casa para mi . Gracias
Saludos
Hola Karina, si el contrato que existe es el celebrado en 2016 con duración de un año, transcurrido ese año tienes derecho a reclamar la vivienda para ti por necesidad. Debes comunicar tu voluntad de recuperar la vivienda con dos meses antes a la fecha en que la vayas a necesitar.
Te recomiendo la lectura de este post donde lo explico detalladamente:
https://www.modelosycontratos.com/2016/05/recuperar-vivienda-alquiler-necesidad-propietario/
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Buenas, una vez que están a punto de finalizar los 3 años de contrato, si ambas partes desean continuar con el contrato pero varía algúna de las condiciones (la cuota se incrementa y el arrendatario está de acuerdo), se puede simplemente firmar un anexo al contrato indicando la cláusula que se modifica? o es necesario dar por finalizado el contrato e inmediatamente firmar otro nuevo?? Si se puede solventar con un anexo, con qué antelación habría que firmarlo? 30 días? hay buena relación con el inquilino pero no quiero saltarme ningún plazo y quiero hacer las cosas bien. Muchas gracias de antemano.
Hola María, efectivamente, puedes continuar con el contrato y firmar un anexo para modificar el precio del alquiler.
Te dejo un enlace al artículo donde explico lo del anexo para subir la renta del alquiler:
https://www.modelosycontratos.com/2017/08/subir-bajar-renta-alquiler/
Para firmar el anexo no hay ningún plazo, aunque te recomiendo hacerlo antes de que finalice el contrato para que la renovación ya se haga con el aumento de la renta.
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MI CONTRATO DICE …TODO ELLO SIN PERJUICIO DEL DERECHO DEL ARRENDATARIOA LA PRORROGA DEL MISMO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 9 DE LA LEY…… QUE DICE EL ART. 9 DE LA LEY?
Hola Marycruz, el artículo 9.1 se refiere a la duración del contrato de alquiler de vivienda.
«La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo»
Es decir, el plazo mínimo es de 3 años, a voluntad del inquilino.
Espero haberte ayudado.
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Hola mi contrato termina este mes día 28 y estuve informada hoy de que la renta promixo ano aumenta en casi 50%.Que puedo hacer no puedo pagar mas.Llevo 7 anos aquí
Hola Oana, si el contrato se termina y ya no hay posibilidad de prorrogas (el alquiler no se renueva), el casero tiene derecho a pedir otra cantidad de renta en el próximo contrato de arrendamiento.
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gracias Tito
Ramon de nuevo
Queria decir que vence en 30 dias
Pues sí, la ley estable que debes comunicar al inquilino con al menos 30 DÍAS antes de que concluya el contrato.
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Buenas tardes. Mi madre, usufructuaria de un apartamento, lo arrendó. El contrato finaliza el 30 de junio de 2022 e indica explicitamente que no hay posibilidad de prórroga. Mi madre murió el 12 de julio de 2021. Ahora los propietarios somos mi hermano y yo y aunque le hemos recordado a la inquilina el final del contrato , dice que no encuentra nada que pueda pagar y que no se va, pero seguirá pagando. Qué podemos hacer para recuperar la vivienda. Muchas gracias
Hola Lucía, en tu caso, te sugiero enviar a la inquilina un burofax para comunicar la terminación del contrato y la obligación de abandonar la vivienda.
Si prefieres encargarme el envío del burofax, no dudes en consultarme por privado para preparar tu requerimiento.
Un saludo.
hola soy ramon
El contrato de mi inquilino vence justo en 39 dias a partir de hoy
ya se que se lo debo comunicar hoy mismo
puedo ir personalmente a su casa i entregarlo en mano o es mejor enviarlo po bureao fax.
Hay buen rollo con el inquilino. siempre a pagado bien per yo necesito ocupar la casa en mes
gracias
Hola Ramón, es perfectamente válido entregar en mano el documento al inquilino para comunicar la no renovación del contrato, pero te lo tiene que firmar.
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Hola. Si un inquilino quiere «adendar un contrato» qué quiere decir, para que se usan las adendas? ¿Se puede modificar lo que se quiera en una adenda? Entiendo que es una modificacion de un contrato existente, no? ¿Puedo pactar otras condiciones en las adendas? ¿Para qué valen? Muchas gracias.
Hola Julio, una adenda es un Anexo. Por lo tanto, en el anexo se pueden modificar las cláusulas de un contrato existente, al mismo tiempo que se puede ampliar con nuevas condiciones pactadas por las partes.
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Hola.
Tengo un piso alquilado y va a hacer tres años dentro de mes y medio. Me planteo hacer una prórroga con la inquilina para actualizar la renta, que se ha quedado desfasada. ¿De cuánto tendría que ser la prórroga? ¿Es legal pactar un precio diferente en esa prórroga o sería mejor rescindir el contrato y hacer uno nuevo por el tiempo que desee ella? Ella quiere estar quizá tres, cuatro meses más, no más; no llegaría a estar los seis meses mínimos que establece la ley para un nuevo contrato. ¿Qué opciones tengo para fijar otro precio totalmente diferente? Es decir, ¿puedo alterar el precio de la mensualidad en una prórroga de contrato o sería ilegal hacer una prórroga fijando condiciones diferentes? No sé si las prórrogas hacen referencia sólo a la duración del contrato, y hay obligación de cumplir todo lo pactado en el contrato que se prorroga. Me da miedo equivocarme. Muchas gracias de antemano.
Hola Ana, la ley estable el principio de libertad de pactos entre el propietario e inquilino. Dicho esto, si ambas partes están conformes, no habría problema en pactar un precio distinto en el documento de prórroga.
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Buenas tardes, el propietario me avisó por burofax con 60días de antelación de que no renovaría el contrato. Si encuentro ya otra otra vivienda y decido marcharme, tengo que avisarlo con 1 mes de antelación? Gracias
Hola María, una cosa no quita la otra. Entiendo que el propietario te ha comunicado la no renovación del contrato de arrendamiento llegado el vencimiento, pero si tu decides marcharte antes de tiempo, debes igualmente avisar al arrendador con 30 días de antelación.
Espero que este modelo te sirva de ayuda: https://www.modelosycontratos.com/2016/02/escrito-renuncia-alquiler-despues-de-seis-meses/
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Hola. En mi contrato de alquiler pone que a los 3 años debo abandonar la vivienda, sin necesidad de aviso previo por parte del arrendador, esto es legal o tiene q avisarme igual con 30 días de que no quiere renovarme? Gracias
Hola Laura, en nuestra opinión, dicha cláusula es legal. En el contrato ya se está excluyendo, desde el inicio, la posibilidad de prorroga. Por lo tanto se extingue el arrendamiento en la fecha que señale el contrato.
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Hola,
Soy propietaria y se me ha pasado comunicar a la inquilina el vencimiento del contrato el día 20 de este mes.
La he llamado por teléfono y le he dicho que si quiere continuar la nueva renta será otra.
Ahora no me responde el teléfono y quedan 5 días para que se extinga el contrato.
En caso de que no se vaya, ¿hay prórroga automática? ¿Durante cuánto tiempo?
Espero su respuesta. Muchas gracias
Hola Berta, lamentablemente, si no has comunicado con 30 días de antelación tu voluntad de no renovar el contrato, el inquilino tiene derecho a permanecer otro año. Lo que si puedes, es actualizar la renta conforme al IPC como explico aquí: https://www.modelosycontratos.com/2017/08/subir-bajar-renta-alquiler/
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Hola buenos dias, arrende mi vivienda a una pareja el contrato va a cumplir su primer año en 2 meses, ella me notifico por burofax que habia terminado la relacion y se marchaba de la vivienda pero el no quiere irse, que puedo argumentar para no prorrogar el contrato al cumplir su primera anualidad? Gracias
Hola Alberto, por lo que comentas, entiendo que el contrato está a nombre de los dos inquilinos. Siendo así, el hombre tiene derecho a continuar en el arrendamiento, aunque su pareja se haya marchado. La única forma para resolver el contrato tras el primer año, sería que el arrendador necesitase la vivienda para él, su cónyuge o sus hijos.
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hola. tengo un local arrendado y lo necesito para poner mi propio negocio. el contrato de arriendo vence mañana y estoy enviando carta documento para informarle que no renovare el contrato y que en enero necesito el local. no es vivienda ni hay clausula de renovacion automatica. Solo queria confirmar si la carta documento es suficiente para dar aviso. gracias
Hola Titi, la forma más recomendable de realizar este tipo de notificaciones es a través de un Burofax, donde queda constancia fehaciente del envío y del contenido de la comunicación.
Tratándose de un contrato de arrendamiento de local de negocio, habría que estar a lo que las partes han establecido en el contrato de arrendamiento.
Si el contrato de alquiler no dice nada al respecto, conforme a la legislación española, si el inquilino permanece más de quince días en el local arrendado con aquiescencia del arrendador, se entenderá que hay tácita reconducción y el inquilino tendrá derecho a permanecer en el local por un período igual al que se venga abonando la renta (por ejemplo, si se paga la renta mensualmente, la tácita reconducción sería por un mes).
Si has realizado la notificación fehaciente antes de que transcurran quince días desde la finalización, no hay lugar a esa tácita reconducción, y el inquilino debería abandonar el local.
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soy dueña y por motivos personales necesito que mi inquilino desocupe el contrato termino el dia 1 de noviembre y desde dos meces atras se le notifico que no se renovaria el contrato y es fecha que no desaloja esta carta podria servir
Hola Ángeles, si has comunicado en tiempo y forma la no renovación del contrato (este es el modelo de carta), y el inquilino se niega a desalojar la vivienda, tienes que acudir a la vía judicial solicitando el desahucio por extinción del contrato de arrendamiento.
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Hola Tito, para avisar al inquilino, con un mensaje whatsapp (al menos 30 DÍAS antes de que concluya el tercer año de contrato), tiene valor si fue entregado ? leido ? Basta con estar entregado ? En el articulo puedo leer : «debemos tener la certeza y la prueba de que el receptor ha recibido el mensaje».
Hola Pierre, te recomiendo la lectura de este artículo sobre la validez del whatsapp: https://www.modelosycontratos.com/2016/09/whatsapp-prueba-denuncia-juicio/
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hola sr tito, tengo mi apto alquilado notifique a los inquilinos con 60 dias de anticipacion que no iba a renovar, el contrato vencio el 01/05/2017 y a la fecha no me han desocupado, que debo hacer?? ya el 01/11/2017 cumplen 6 meses de haberse vencido dicho contrato soy madre de 3 niños y deseo ocupar el inmueble
Hola Karoline, si has comunicado fehacientemente la no renovación del contrato de alquiler, y este no estaba dentro del período de prórroga legal, el contrato debe considerarse extinguido por lo que no quedaría más remedio que acudir al juzgado y presentar la correspondiente demanda de desahucio.
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Buenos días
Tengo alquilada una nave industrial. Desde el mes de Abril el inquilino ingresa las cantidades que él quiere, sin hacer caso a las facturas donde están incluidos los recibos de Agua,luz , basuras y gastos de devolución bancaria. Además el contrato vence el día de 3 de Febrero. Cómo puedo enviarle un Burofax avisando de la no renovación del contrato y reclamando las cantidades pendientes?
Muchas Gracias
Hola Vicenta, te dejo un enlace donde podrás aclarar tus dudas sobre el Burofax: https://www.modelosycontratos.com/2015/10/burofax-se-redacta/
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Mi inquilino se retrasa en los pagos. Debe el mes de agosto y me comunicó que se marchaba a fin de mes y que me lo cobrase de la fianza. Ahora dice que no se va del piso, sigue sin pagar y dice que no le funciona la nevera (que solo tiene 3 años) ni el microondas. Lleva casi tres años en el piso, pero en el contrato pone que puede permanecer hasta 5 años. Puedo rescindir el contrato? Indiqueme que puedo hacer. Gracias
Hola Esther, recientemente escribí un articulo sobre cómo desalojar al inquilino en caso de incumplimiento. Puedes verlo en este enlace: https://www.modelosycontratos.com/2017/05/como-desalojar-inquilino-incumplimiento/
Espero que te sirva de ayuda.
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Hola. He recibido el aviso para dejar el piso después de 5anos de alquiler. Tengo que dejar las llaves el 06/09 pero todavía no he encontrado otro piso. Si el 06 no tengo otro piso, que pasa ? Vivo con mi hijo de 13años
Hola Lili, perdona por no haberte respondido durante el parón de vacaciones. Si la comunicación está correctamente efectuada y con 30 días de antelación a la fecha de finalización de contrato es válida, y tu obligación la dejar libre la vivienda. Si te quedas corres el riego de recibir una demanda desahucio, con las consecuencias económicas que esto te puede llevar.
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Hola, hace poco recibí el aviso por burofax de la renovación del alquiler de la vivienda donde vivimos ahora, según la propietaria de la vivienda yo tengo que pagar los gastos del burofax (29 euros) ya que cuando la inmobiliaria me lo quería comunicar por teléfono yo no contestaba a las llamadas. Es eso correcto? según tengo entendido la comunicación de la renovación del contrato no puede ser ni por voz, ni por teléfono, ni siquiera SMS… Gracias y saludos cordiales… Manuel
Hola Manuel, no tienes obligación de pagar los gastos del Burofax.
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Hola, soy propietaria y mis inquilinos tienen una deuda pendiente de más de 5.000€. El próximo 15 de octubre vencen los 5 años de contrato y puedo darlo por finalizado. Entiendo que debo poner un burofax para notificarles la no renovación de contrato con 1 mes mínimo de antelación. ¿y qué debo hacer para recuperar mi deuda? Hace 1 año ya les puse una demanda por impago y pagaron la deuda de entonces, pero han vuelto a fallar en los pagos.
Hola Amalia, perdona por no haberte respondido durante el parón de vacaciones. Teniendo en cuenta la fecha en que estamos, deberías interponer una nueva demanda de desahucio y reclamación de rentas. En este caso, dado que el inquilino ya fue demandado una vez, aunque pagase la deuda no podría continuar en la vivienda (lo que se conoce como no tener derecho a enervar el desahucio).
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Hola me
Enviaron un buró fax diciendo que me tenía que marchar 2 meses antes en pleno julio temporada alta cuando finalizaba en octubre y los dueños el 30 de agosto al final no han vuelto a su domicilio . Y teñido gastos urgencias y pagos por culpa de esta
Antelación y la necesitaban porque donde estaban no les vendían ni renovaban í necesitaban su vivienda puedo reclamar por mes de año í gastos de traslado verdad ? Encima por recompensacion hizo un papel conforme si no volvía me daba dos Meses i no a vuelto í dice que igual vuelve í la fecha ya a pasado pero en donde puso el nuevo papel que fue físico no en agencia xk en agencia hicimos esto í él quiso hacer otro papel con recompensa y al final no vuelven y no dan señales no sé si ir a reclamar a la agencia por el buró fax í mís derechos
Hola Adan, si la notificación que te ha hecho el propietario es correcta y cumple con los requisitos que establece la ley de arrendamientos, el plazo que tiene para ocupar la vivienda es de 3 meses, a contar desde la fecha en que te has ido.
Por lo tanto, si ha pasado ese tiempo y el propietario no ha ocupado la vivienda, entonces puedes reclamarle, no solo una indemnización, sino también que te realoje en la vivienda alquilada, ya que estos serían tus derechos.
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Buenos días, tengo mi vivienda arrendada a una inmobiliaria la que a su vez la tiene subarrendada a parte (con consentimiento). En cuanto a la duración en el contrato pone: 2..- TIEMPO. – La duración del presente contrato de arrendamiento será de DOCE MESES a partir del día 01 de Septiembre de 2016, y hasta el próximo día 31 de Agosto de 2017 y se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance la duración de tres años, salvo que la arrendataria manifieste a la arrendadora o viceversa, con dos meses de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
No quiero renovarlo porque desde que empezó he tenido problemas con el cobro del alquiler. Según he leído, ¿tengo que hacer renovaciones obligatorias hasta los tres años o avisándolos dentro del tiempo establecido puedo darlo por finalizado antes de que empiece la primera prorroga?
Hola Adelina, entiendo que se trata de un contrato para uso distinto del de vivienda (el inquilino no tiene el derecho a permanecer 3 años como mínimo en la vivienda), por lo que puedes revocar el contrato preavisando a la inmobiliaria tu voluntad de no renovar el arrendamiento.
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mi contrato se vence el 5 de julio, desde abril que vengo preguntándole al propietarios si va a renovarme. me dijo que si pero quería ver el departamento. se lo pinte (me lo entrego sucio y despintado), le arregle todo el jardín que eran yuyos, vino a ver el depto. encontró todo impecable y me dijo que me aumentaba entre un 30 y 35% . ahora que faltan 15 días para vencer el contrato me dijo que me aumentaba el 60%!!!! claro vio del depto. impecable y por haberlo pintado me lo taso mas. me tiene que dar una prorroga para buscar otro alquiler? gracias
ESTA PERMITIDO TANTO PARA INMOBILIARIAS COMO PARA DUEÑOS AUMENTAR LOS ALQUILERES SEMESTRALMENTE? MUCHAS GRACIAS
Hola Liliana, la ley lo dice muy claro: «la renta solo podrá ser revisada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes».
Si no se ha pactado nada por escrito en relación a la actualización de la renta, no se podrá aplicar ninguna revisión.
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Buenas tardes .Mi madre como usufructuaria de un apartamento, hizo un contrato de arrendamiento que finaliza el 30 de junio de 2022 y en el que se indica explicitamente que no se realizarán prórrogas. Ella murio el 12 de julio de 2021. Ahora somos propietarios mi hermano y yo. Le hemos recordado a la inquilina que acaba el contrato, pero ella dice que no encuentra nada que pueda pagar y que seguirá pagando pero que no se va. No se qué podemos hacer para recuperar la vivienda.Gracias.
Hola. Soy propietario.Puedo echar al inquilino por retrasos continuos en el pago del alquiler?? Como??
Hola Javi, puedes desahuciar al inquilino por impago de renta desde el primer momento. Te sugiero que lo intentes primero por la vía amistosa mediante burofax, y en caso de no tener respuesta deberás acudir a un abogado para iniciar un proceso de desahucio por impagos (vía judicial).
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Hola buenas
Si recojo un burrofax que viene para uno de mis inquilinos y no se lo entrego es grave ?
Hola Alberto, apoderarse de cartas o interceptar correspondencia de otras personas, sin el consentimiento de sus destinatarios, es un delito tipificado en el código penal, castigado con penas de prisión de 1 a 4 años y multa.
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Hola. Si en el contrato esta firmado por una persona, el marido, y este ya no vive en el domicilio alquilado pero si la mujer que ha estado pagando. ¿A quien habria que mandar el burofax comunicando la no prolongacion del contrato tras cumplirse los 3 años?
Hola David, las comunicaciones deben ir dirigidas a la persona que aparece como inquilino en el contrato de alquiler.
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tengo un contrato de un año que se ha prorogado año tras año hasta al tercero (actual) que termina el dia 01/07/2017. La propietaria me ha comunicado por correo electronico que «por razones de necesitar la vivienda para uso personal no renovaré este año el contrato de alquiler a su vencimiento» (01/07/2017). tengo derecho a reclamaciones en el caso dicha vivienda sera’ alquilada por contratos vacacionales y no por uso personal?
Hola michele, simplemente con la comunicación de que se extinguirá el contrato al término del período de tres años, con 30 días de antelación, es suficiente para no prorrogarlo, sin necesidad de justificación de la causa de no renovación. En consecuencia no tendrías derecho a reclamaciones.
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Por correo electronico es suficiente?….
Hola Matías, podría ser suficiente si se han señalado las direcciones de correo electrónico en el contrato de alquiler como forma de comunicación entre las partes.
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Hola , buen día. Una consulta para dejar el local donde alquilo,una vez informado al propietario, tengo hasta fin de mes para dejar?? O hasta el 20 del mes por no haber realizado la actualización de garantía, como dice la dueña?? Es así, como dice ella??